Herencia de tía soltera en Navarra

¿Si uno de los sobrinos esta fallecido sus hijos tienen derecho a heredar?. O ¿Se la reparten entre los sobrinos que están vivos dejando fuera a los hijos de los sobrinos fallecidos?.

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Habrá que distinguir dos supuestos: Si hay testamento o si no lo hay.

Hay testamento pero la heredera del testamento está fallecida.

El orden sucesorio para una sucesión intestada en el derecho foral navarro es el que le transcribo a continuación:

1) Los hijos matrimoniales, los adoptados con adopción plena y los no matrimoniales cuya filiación llegue a determinarse legalmente; por partes iguales, y con derecho de representación en favor de sus respectivos descendientes.

2) Los hermanos de doble vínculo por partes iguales, y los descendientes de los premuertos, por representación.

3) Los hermanos de vínculo sencillo por partes iguales, y los descendientes de los premuertos, por representación.

4) Los ascendientes de grado más próximo. Si fuesen de distintas líneas, la herencia se dividirá por mitad entre ambas, y dentro de cada línea, por partes iguales.

5) El cónyuge o pareja estable no excluido del usufructo de fidelidad conforme a la ley 254.

6) Los colaterales no comprendidos en los números 2) y 3) hasta el sexto grado, sin distinción de vínculo doble o sencillo, ni de líneas, excluyendo los de grado más próximo a los de más remoto, sin representación y siempre por partes iguales.

7) En defecto de los parientes comprendidos en los números anteriores, sucederá la Comunidad Foral de Navarra, que aplicará la herencia a instituciones de beneficencia, instrucción, acción social o profesionales, por mitad entre instituciones de la Comunidad y municipales de Navarra.

Lo que entiendo, es que la parte del sobrino fallecido se la reparten sus hermanos .

Dejando fuera a los hijos del sobrino fallecido.

Gracias

No soy experto en derecho foral navarro, pero así lo entiendo yo también.

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Si la sucesión es intestada, en Navarra, y no hay otros herederos antes (hijos, padres o cónjuge) pueden heredar los hermanos, y en su defecto los sobrinos. En este caso los sobrinos se reparten entre si lo que hubiera correspondido a su ascendiente (hermano del fallecido).

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