¿Qué responsabilidad legal tiene el administrador de una sociedad?

Varias personas invertimos en una sociedad (restaurante-hotel) con un pequeño porcentaje de participación en ella, quedandose el administrador principal con el mayor porcentaje de participación. Han pasado 2 años y continúan en obras, dándonos poca información a las pregunntas que le hacemos los inversionistas. Dicen que el restaurante ya está abierto pero es mentira. Vamos, dando largas constantemente. En este caso, ¿podríamos reclamar judicialmente lo que está pasado? Es decir, vemos que ha pasado demasiado tiempo y nuestra inversión está parada y sin ver claramente que se vaya a abrir el negocio en un tiempo razonable. ¿Se podría reclamar nuestro dinero?

2 Respuestas

Respuesta

El administrador de una sociedad tiene responsabilidad en sus obligaciones. El resto de inversores, deben realizar un control de sus funciones (como parece que ya están haciendo), deben solicitar una rendición de cuentas al administrador, y si es necesario copia de las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil para valorar la solvencia de la sociedad.

Otra petición distinta es la reclamación de "su dinero" en primer lugar debe existir dicha responsabilidad y mala gestión del administrador, una gestión desafortunada no es una mala gestión. Lo principal debe ser: Realizar una reclamación inicial al administrador, reclamándole aporte la documentación oportuna sobre el estado actual de la empresa y los trabajos realizados. Una vez obtenida dicha información, decidir sobre los siguientes pasos a seguir. La recomendación es realizar dicha reclamación de manos de abogado para evitar que no aporten la documentación solicitada.

Espero haberle ayudado, si requiere de más información puede contactar conmigo en [email protected] 

ENtonces solo se podría reclamar judicialmente en el caso que no aportaran la documentación? No se podría reclamar por el tiempo que ha pasado sin acometer la obra y no poner en funcionamiento el negocio?

No. Se puede reclamar judicialmente si existe una administración desleal por parte del administrador. Para conocer si la administración de dicha persona ha sido o no diligente, es necesario poder ver la documentación, cuentas y acciones que ha llevado a cabo. Por ejemplo, si el negocio no esta abierto a causa del COVID-19 no es una administración desleal, o si no esta abierto por que la empresa de rehabilitación del local ha quebrado, no es culpa del administrador. En cambio si el administrador lo que ha hecho es ingresar el capital del resto de inversores y realizar operaciones con dicho capital que nada tienen que ver con el objeto de la sociedad, ahí sí que existe responsabilidad.

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Si esa sociedad se rige por la normativa mercantil, SL o SA, el administrador debe convocar junta general anual para aprobar las cuentas ¿Lo ha hecho?

Es una SL. Nunca ha convocado junta en estos dos años que llevamos desde que se hizo la inversión

Pues ahí tienen un claro incumplimiento de la ley, exijan responsabilidades.

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