Fallecimiento titular cuenta bancaria y pagos domiciliados

Mi madre falleció hace unas semanas y le quedaron por pagar unos recibos de comunidad de propietarios que no están domiciliados. Parece que la cuenta no está todavía bloqueada. ¿Es buena idea hacer los pagos desde su cuenta (yo estoy autorizado pero no soy co-titular de la cuenta)? Si los pago de mi cuenta en realidad estoy perdiendo dinero porque es un pago que debería hacer realizado mi madre y me tocará pagar mas por el impuesto de sucesiones.
Asimismo al cambiar unos seguros que vencen en 10 días la compañía me ha dicho que es mejor cambiar el número de cuenta y pagarlo de la mía, aunque yo preferiría dar mi cuenta una vez se gestione todo el tema de la herencia. ¿Cómo lo veis?

3 respuestas

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El impuesto de sucesiones lo pagarán por el saldo que tuviera esa cuenta en el momento del fallecimiento. Con ese dato usted debe actuar en consecuencia.

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Si pagas los recibos de su cuenta no estas haciendo algo ilegal, mejor de su cuenta y los seguros lo mismo tambien puedes darlos de baja hasta que este toda la herencia solucionada .

¡Gracias! 

Luego hay 2 alquileres (uno arrendadora mi madre, y otro al 50 % ella y yo) que lo pagan en su cuenta. Es posible decir a los inquilinos que paguen las mensualidades en mi cuenta, ¿o mejor esperar a definir el tema del testamento?

¿Tu eres la unica heredera? Si es asi la cuenta no se bloquea a no ser que alguien lo comunique al banco, los inquilinos pueden seguir pagando tal cual hacian, luego ese dinero esta Igualmente en el banco.

¿

¿Perdòn heredero unico? ¿Quise decir?

si, soy único heredero. La duda es si es legal cambiar la cuenta de alquiler, más que nada para que la cantidad a pagar posteriormente del impuesto de sucesiones sea el menor posible.

Segun la localidad donde mas caro es Asturias y Andalucia al ser heredero directo no es caro y es facil de hacer declaracion de herederos, cambiar la cuenta de alquiler es Igualmente para hacienda . Una gestoria te podria orientar mejor es bueno que lo consultes.

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Si gastos de comunidad y otros como seguros están o estaban a nombre de tu madre debes o puedes pagarlo de su cuenta

Y cuando tramites de herencia e impuesto de sucesiones pasarlo que corresponda ya en un futuro a tu cuenta

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