Deudas de personas en régimen de separación

Mis padres están separados y están en proceso de embargo de la casa, pero mi padre ha muerto.

Si yo renuncio a la herencia de mi padre, ¿sería mi madre la que tuviera que hacer frente a la deuda?

¿Nos pueden obligar a aceptar la herencia para hacernos cargo de la deuda de la casa?

2 respuestas

Respuesta
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No queda clara la situación, debe partir de la base de que solo se pueden embargar los bienes del deudor, si éste ha fallecido, tendrán que ir contra sus herederos

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Pero los herederos pueden renunciar, o existe alguna manera de obligar a los herederos a hacerse cargo de la deuda?

Para ese supuesto, el CC dispone: Si el heredero repudia la herencia en perjuicio de sus propios acreedores, podrán éstos pedir al Juez que los autorice para aceptarla en nombre de aquél.

Respuesta

Además de lo que ya le ha indicado el otro experto.

Deberían ponerse en manos de un abogado que les estudie su caso concreto.

Hay que saber si hay testamento, quienes son los herederos legales, incluso estudiar la posible legislación autonómica de sucesiones (si la hay).

A usted nadie le puede obligar a aceptar una herencia. Pero debe hacer una renuncia expresa en el notario. Y eso puede implicar que su parte mejore la de otros herederos y serán ellos los que tengan que hacerse cargo de la deuda.

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