Crear empresa sin que declaren sucesión

Ante una empresa que hace un cierre de facto pero indemniza a los trabajadores, un par de estos deciden comprarle a su antiguo jefe las máquinas, alquilar las mismas naves donde estaba anteriormente la otra empresa, contratar a algunos de sus antiguos compañeros y hablar con los clientes para ofrecerles los mismos servicios que anteriormente prestaban pero con otra sociedad. En caso de que la empresa anterior tenga alguna reclamación de proveedores, bancos, etc... ¿la nueva empresa podría ser responsabilizada de algo?

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No es una osa automática. Habría que conocer distintos factores: La estructura jurídica de la empresa que cierra, la forma como se ha hecho el finiquito, cómo se ha documentado la cesión de activos empresariales, que forma va a adoptar la nueva empresa, etc.

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