Comunidad de Bienes. Titularidad de cuenta corriente

Tenemos constituida una comunidad de bienes entre dos hermanos para gestión inmobiliaria. Hasta ahora hacíamos declaración informativa anual y tambien de retenciones de IRPF. A partir de este año no vamos a pagar ningún servicio profesional externo y tras consultar con hacienda seguimos manteniendo la CB y solo la declaración informativa anual (y las atribuciones de rentas en la declaración de cada miembro).

Tenemos una cuenta bancaria a nombre de la comunidad para ingresos y gastos, con unas comisiones desorbitadas. Dos preguntas:

¿La situacion tributaria descrita es correcta?

¿Hay alguna forma de que los recibos transferencias e ingresos bancarios puedan hacerse a través de una cuenta común con los dos titulares, en lugar de la actual con la comunidad como titular? (Los contratos de arrendamiento y los suministros están a nombre de la CB)

Respuesta
-1

Respondo a sus preguntas:

1. Parece que la respuesta ha de ser afirmativa.

2. En esa cuenta figurarán los componentes de la CB ¿por qué quiere abrir otra?

Gracias por su respuesta. Las cuentas de CBs obligadamente son "de empresa" con los gastos de mantenimiento, tarjetas, comisiones etc exageradas para los importes que maneja la cuenta. Una cuenta particular compartida puede hacerse a cero gastos bancarios.

Tendrá que consultar si la agencia tributaria le admite esa modalidad.

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