Antelación para solicitar excedencia voluntaria en el trabajo

Estoy trabajando a tiempo parcial en una empresa desde hace 8 años, aunque llevo 4 años con contrato de empresa, los 4 primeros estuve contratada a través de una ETT. He estado estudiando y me quieren coger para unas prácticas con opción a realizar un posterior contrato pero esto no es seguro por lo que no quiero dejar del todo mi empleo y quiero coger una excedencia de 1 año por si en el nuevo sitio no me cogen. ¿Con cuánta antelación puedo pedir una excedencia? ¿Con 15 días como en una baja voluntaria? En las prácticas quieren que empiece cuanto antes

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La Legislación no dice nada al respecto, el art.46 del ET no hace mención tampoco. Puede que el convenio colectivo al que estés acogido por tu empresa, tenga recogido un tiempo estipulado. Lo normal, en todo caso, es preavisar con 15 días de antelación.

Gracias. Y en caso de que dentro de un año no me readmitan tendría derecho a la prestación o me quedaría sin trabajo y sin derechos por qué yo he paralizado ese contrato por decisión propia

Una vez finalizada la excedencia, debes solicitar el reingreso en la empresa. Si te lo deniegan, lo vuelves a solicitar por escrito, lo entregas y que te lo sellen y firmen tu copia. Si no lo hacen, la envías por burofax.

Una vez tenga en tu poder por escrito, te diriges al SMAC o CMAC, dependiendo de tu comunidad, ( Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación ). Presentas papeleta de conciliación, en la misma solicitas de la empresa que reconozca un despido improcedente, con lo cual te deben indemnizar y podrás solicitar la prestación por desempleo.

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