Constituye delito la incitación a beber

Necesito resolver una practica y quería que me ayudarais, constituye un delito el hecho que una persona invite a otra a una botella de tequila, que la otra persona acertee y cuando lleva gran parte de la botella ingerida fallece por intoxicación aguda etílica. ¿Este seria un caso de homicidio imprudente del 142.2 del código penal verdad?

4 respuestas

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No es delito, se mire como se mire.

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Si es una invitación a beber sin más, no hay delito. Otra cosa es que obligues a beber o coacciones o busque argucias para engañar a la otra persona y que esa persona beba.

si pero la persona invitada ya mostraba síntomas de embriaguez, digamos que no estaba en sus plenas facultades. En ese caso, no podríamos hablar de incitación a la bebida, cuando la otra persona le invita.. Me piden hacer un dictamen jurídico y no se por donde cogerlo. gracias

¿Y esta práctica de derecho penal parte general sobre la teoría del dolo, "en concurso" con las teorías sobre la imputación objetiva no tendrías que pensarlas tu sola?

Disculpa, he leído varias preguntas con dudas sobre practicas jurídicas. si no quieres responder te lo agradecería pero no hace falta ser tan maleducado, gracias

¿En qué punto he sido mal educado? Si hubiese sido mal educado hubiese usado otros términos y no te hubiese respondido la primera vez. De hecho mi respuesta es respuesta a tu pregunta.

¡Gracias! 

Si quieres ayuda a mi no me importa ayudar, deberías pensar sobre si hay intención de usar la bebida como forma de acabar con la vida de la otra persona.

Creo que deberías enfocar la práctica desde los distintos enfoques con o sin ánimo de matar o si la causa de la muerte es por la ingesta o no se bebida.

Por otro lado incitar a beber debes plantearte si esta tipificado o no como delito. ¿Y en caso de no serlo que delito sería? (Eso lo has adivinado tu ya pues lo has expuesto)

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¿Qué edad tienen el fallecido y el que convida a tequila? ¿Qué relación hay entre el fallecido y el que le facilita la bebida? ¿En qué entorno se producen los hechos? Hace falta conocer más datos para tipificar esa conducta como delito de imprudencia.

Hola, las dos personas son mayores de edad. Se acaban de conocer en la barra del bar, por tanto no hay una relación previa entre ellos.. Están en un bar.

En tal caso no veo imprudencia dolosa o culposa en la conducta que se describe.

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A mí se me ocurre que habría que ver si podía esperarse o deducirse razonablemente ese desenlace, atendiendo a las circunstancias de edad, salud, etc., del fallecido.
Ver cómo se actuó ante síntomas que ya pudieran ser inesperados; se me ocurre que
podría haber habido omisión del deber de socorro, si ante síntomas alarmantes quizá, se
permitió seguir bebiendo, pudiendo haberlo impedido, sin grave riesgo.
Me imagino que podría tratarse de un homicidio, y no solo imprudente, si prudentemente podría haberse previsto, o al menos contemplado como posibilidad no remota, ese desenlace.
No sé si podría contemplarse el delito de lesiones del artículo 147, porque en cualquier caso eso no era bueno para la salud, etc.
Y también ver si se trataba de una simple invitación en el que no sin demasiada dificultad podía haberse negado en invitado, o si existía algún factor que pudiera inducir a aceptar esa demanda, siendo esto conocido por el supuesto invitador o inductor.
Normalmente una persona que fallece por intoxicación etílica, no "cae" muerta, sino que hay unos síntomas previos. Ya me extraña el corto espacio de tiempo en el que parece que tuvo lugar el desenlace.

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