¿En qué caso no se ingresa en prisión por la duración de la pena?

Estimado goly he leído que en algunos casos no se ingresa en prisión por la duración de la pena. ¿En qué caso no se ingresa en prisión?

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Estimad@ ksiberia,
La suspensión de la ejecución de penas de prisión se encuentra regulada en el art. 80 del Código Penal, de la siguiente manera:
Artículo 80.[Supuestos y plazo]
1. Los jueces o tribunales podrán dejar en suspenso la ejecución de las penas privativas de libertad no
superiores a dos años mediante resolución motivada.
En dicha resolución se atenderá fundamentalmente a la peligrosidad criminal del sujeto, así como a la
existencia de otros procedimientos penales contra éste.
2. El plazo de suspensión será de dos a cinco años para las penas privativas de libertad inferiores a dos
años, y de tres meses a un año para las penas leves y se fijará por los Jueces o Tribunales, previa
audiencia de las partes, atendidas las circunstancias personales del delincuente, las características del
hecho y la duración de la pena.
3. La suspensión de la ejecución de la pena no será extensiva a la responsabilidad civil derivada del delito
o falta penados.
Si se cumplen estos requisitos, las penas de prisíon suelen ser suspendidas en la mayoría de los casos.
Estimad@ ksiberia,
En efecto, así es. En ese caso se impondrían 6 penas, en cuyo caso, el límite máximo de cumplimiento sería el triple de la mayor de las penas impuestas, según el artículo 76 del Código Penal.

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