Deducción por vivienda en IRPF 2018

Desde 2015 ya tengo obligación de hacer la declaración de la renta y desde entonces la he presentado. Antes no estaba obligada y, por tanto, no la presentaba. ¿Tengo derecho a deducirme la hipoteca de mi vivienda habitual? Tanto la compra como la hipoteca son bastante anteriores a 2012. Hasta ahora me la deducía y el programa PADRE nunca me puso pegas, pero este año salta como un aviso y no sé si puedo. Lo consultado hasta ahora parece indicar que para deducirla tendría que haberlo hecho antes de 2012 pero es que entonces no estaba obligada. ¿Puedo deducirla o lo he estado haciendo de forma errónea?

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Respuesta

Le copio lo que señala la Agencia tributaria:

En todo caso, para poder aplicar el régimen transitorio de deducción se exige que los contribu­yentes hayan aplicado la deducción por dicha vivienda en 2012 o en años anteriores, salvo que no la hayan podido aplicar todavía porque el importe invertido en la misma no haya superado el importe exento por reinversión o las bases efectivas de deducción de viviendas anteriores.

Gracias por su rápida respuesta. Eso había visto. Por otra parte, ¿estoy obligada a hacerla? Tengo un único pagador, aunque el año pasado estuve un tiempo de baja (en cobro fueron unos 1400 € según mis datos fiscales), no llego a los 22000 euros y luego tengo el 5.55% de una vivienda que da como imputación de rentas menos de 100 euros. También tengo una subvención para el ibi de mi vivienda habitual de 120 € pero por esto con la reforma de este año creo que no me obligaría a presentarla.

Con esos datos parece que no está obligada a presentar la declaración

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