Código IAE distribución música digital

Estoy por montar en breve un negocio de distribución de música digital, y revisando los distintos códigos del IAE, no acabo de encontrar el más adecuado. ¿Alguien podría indicarme cual debería escoger?

Respuesta
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Las tarifas de IAE nonhan evolucionado al mismo ritmo que las nuevas tecnologías, su caso es un ejemplo. Al final te dejo un enlace muy útil. Yo me inclino por el 665, porque entiendo que es distribución de música por internet.

Ruego valore respuesta. Un cordial saludo.

https://www.cecarm.com/emprendedor/puesta-en-marcha/epigrafes-del-iae-para-darse-de-alta-en-hacienda-segun-el-negocio-online-que-vayas-a-emprender-36818

Muchas gracias por la respuesta. Así es, se trata de distribuir música a tiendas digitales como Spotify, iTunes,... mis clientes a través de mi portal, se registran, nos mandan la música para distribuir de manera gratuita, y de las ventas que su música genera pagamos un %, el otro % es nuestra comisión. 

Entiendo que para llevar a cabo esta actividad, puedo hacerlo como autónomo, verdad?

Gracias,

Sí puedes realizar la actividad como autónomo.

Muchas gracias por la rápida respuesta. Una última cuestión, sería autónomo profesional o empresarial? Lo digo por el tema del IRPF.

Gracias,

El epigrafe 665 es empresarial, no profesional. No obstante, está pensando en la venta directa a clientes finales. A mi me parece que le encaja mejor el de Intermediarios del Comercio, también en actividad empresarial.

Es cierto que sí en lugar de ese, optara por otro de servicios profesionales como comisionistas, podría estar sujeto a retención del 15% por los servicios prestados como autónomo. Y como habrá visto en el enlace que le he pasado, es complejo determinar que tipo de actividad realiza, porque la realidad siempre va por delante de la legislación.

Si realmente el negocio funciona, una solución sería ser sociedad, porque se eliminaría el problema de la retención, pero claro existen mayores costes, para empezar no es lo mismo el coste de un autónomo "normal" que puede incluso acogerse a tarifa plana, que un autónomo societario que no goza de esas ventajas. Mi conclusión sería iniciar como autónomo y con epígrafe de intermediario de comercio, entre otras cosas porque tengo la sensación que las sociedades que usted comenta, no le van a practicar retención.

Salvo mejor opinión.

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