¿Situación anómala o normal?, entidad bancaria que no registra propiedad

En nuestra comunidad de vecinos vivimos una situación bastante peculiar con un propietario. Dicho propietario dejó de pagar la comunidad hace 8 años!, se le interpuso la correspondiente reclamación judicial y a su vez el banco también ejecutó la hipoteca por impago. El caso es que nuestra sentencia salió ya hace 2 años y no hemos cobrado nada porque no tiene nada a su nombre.

Pero lo sorprendente del caso, o no, es que el Banco no ha ejecutado el embargo de la propiedad y si lo ha ejecutado no ha registrado dicha propiedad. Por todo ello no podemos ni cobrar de ellos, porque figuran como titulares y son insolventes, ni del banco porque todavía no figura como propietario. Y así llevamos 8 años!

Hemos intentado acceder al expediente del embargo bancario para saber en qué estado se encuentra el procedimiento pero la Ley de protección de datos nos dificulta el acceso al no ser parte involucrada.

Agluien me podría orientar que podriamos hacer en este caso, ¿es normal que un banco se tire tantos años sin tomar posesión de una propiedad embargada o que procede el embargo?

Respuesta
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Pueden ustedes intentar cobrar la deuda de los dos últimos años, pues el resto de la pendiente está recogida en sentencia con respecto a una persona distinta del banco (el vecino). Que esa persona sea insolvente no abre la posibilidad que esa misma deuda le sea reclamada a otra, en este caso a un banco. Por lo tanto, notifiquen la deuda generada a partir de la sentencia al banco, en cualquier sucursal, y si no obtienen respuesta convoquen junta para aprobar las correspondientes acciones legales, que sería un monitorio convencional. En estos casos hay que funcionar por mero tanteo, dando por hecho que, si el banco cedió el remate o no llegó a subastar, se lo hará saber a ustedes.

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