¿Debo devolver la fianza a unos inquilinos que no llegaron a firmar el contrato de alquiler?

Hace unas semanas unos posibles inquilinos visitaron nuestro piso y demostraron su intención de alquilarlo.

Les indicamos que para reservar la casa queríamos que nos ingresaran el importe de la fianza. De esta manera les reservaríamos la casa mientras preparábamos el contrato de alquiler y lo firmábamos.

Dos días antes de la firma del contrato decidieron que no querían alquilar el piso y nos pidieron la devolución integra del deposito/fianza, alegando que como el contrato no se había firmado que tenían derecho a recuperar ese dinero.

Nosotros les indicamos que no tenemos intención de quedarnos con su dinero pero que se lo devolveremos cuando tengamos nuevos inquilinos con contrato firmado. No dejan de insistir en que quieren el dinero ya mismo porque sino nos denunciaran.

El problema es que yo no resido en España y me desplace en avión para la firma del contrato que al final no se produjo, ellos sabían perfectamente la situación. Obviamente pedí días en el trabajo para desplazarme desde Reino Unido. Además, por reservarles la casa perdimos otros posibles inquilinos y aun no hemos podido alquilar la casa debido a la dificultad de desplazamiento.

Mi pregunta es: ¿Realmente tienen derecho a que les devuelva la fianza integra? ¿Tenemos derecho a quedarnos con una parte por el hecho de perder días de alquiler y por las molestias?

Respuesta
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Las consecuencias (la penalización) por no cumplir el pre contrato (tanto por parte del propietario como por parte de inquilino) deberían ser reflejadas en el documento que firmasteis a la hora de la entrega de esa fianza.

Normalmente, un documento hecho correctamente ( un contrato de Arras Penitenciales, que se hace tambíen en la pre-venta de una vivienda), entre otras cosas, incluye la condición de que el inquilino, en caso de cambiar de opinión, pierde la señal entregada.

Todo depende de lo que hay escrito en el documento firmado - en que concepto se ha entregado el dinero, y en que condiciones. Si el documento carece de tal información, solo un juez podría resolver el caso.

En el documento firmado se indica que se entrega ese dinero en concepto de fianza arrendataria.

Pero hay un intercambio previo de emails y mensajes de texto en el que convenimos claramente que el deposito de ese dinero es para reservar la casa y que luego lo usaremos como fianza arrendataria.

Para que el documento sea valido y se pueda aplicar las leyes correpondientes, ha de incluir lo siguiente: los datos y las condiciones del futuro contrato (periodo, renta, dirección del inmueble etc), la identificación de las partes, la suma que han pagado y la penalización que tendrán que soportar en caso de incumplimiento.

Si no constan esos datos, cualquier de las partes pueden alegar la invalidez del documento, y cualquiera de las partes podrá echarse atrás, sin ningunas consecuencias (o sea, tú podrías cambiar de opinión, devolverles el dinero de reserva y alquilar la vivienda a una otra persona o el inquilino puede cambiar de opinión y pedirte que le devuelvas el dinero).

Si constan todos los datos mencionados, menos sobre las consecuencias del incumplimiento, el documento podría ser tratado como arras confirmatoria y la parte que no cumple deberá de indemnizar a la otra parte.

Como he dicho antes, si el documento no lo indica todo, solo un juez podrá resolver el conflicto entre las partes y decidir quien tiene la razón.

"Nosotros les indicamos que no tenemos intención de quedarnos con su dinero pero que se lo devolveremos cuando tengamos nuevos inquilinos con contrato firmado." - Esto sí que no es legal, no lo prevé ninguna ley.

¡Gracias!

Desafortunadamente el documento indica solamente: nombres y DNIs de todas las partes implicadas, dirección del piso a alquilar y cantidad transferida en concepto de fianza arrendaticia.

' Esto sí que no es legal, no lo prevé ninguna ley'

Esto no esta firmado en ningún documento, fue solo una expresión de buena voluntad por nuestra parte puesto que no dispondremos de fondos suficientes hasta que no nos ingresen una nueva fianza. Los motivos son varios pero todos derivan de que estos señores cancelaron la firma en el ultimo momento.

Al constar algunos datos importantes, el juez podría anunciar a vosotros como la parte afectada, y no obligar a devolver el dinero.

De todos modos, si os denuncian, si la cantidad es menor de 2000 euros, se trata de procedimientos que no requieren pago de tasas ni abogados, lo que significa que en caso si el juez decide que tenéis que devolver el dinero, lo devolveréis y ya está... Lo importante es que recibáis a esas comunicaciones importantes (como vivís fuera).

Muchas gracias.

Son solo 750 euros. Pero ellos son muy intensos y la verdad es que están siendo muy pesados.

En esta situación, no deberías de devolver nada. Pero, como el documento no está bien hecho (no sé i ellos lo saben o no), pueden aprovecharse de ello y pues salir ganando...

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