Cerramiento de huecos en la fachada.

Comunidad que consta de plata baja y tres alturas. Las dos viviendas de la planta baja no tenemos acceso al zaguán y recaemos y entramos por otra calle diferente y paralela a la puerta de entrada a la Comunidad.

Tenemos los mismos coeficientes que el resto de viviendas, así que pagamos ascensor, luz, limpieza, agua... Igual que los demás. Y por supuesto nuestros votos no sirven para nada si vamos en contra de la Comunidad.

Están estudiando cerrar un hueco existente en cada planta y en la fachada de unos 1.5 x 1m.

Por supuesto a las viviendas de la planta baja no nos interesa en absoluto acarrear con esos gastos, tampoco vamos a beneficiarnos en nada, al contrario, nos perjudica económicamente.

¿Esa obra debería de tener una aprobación mayoritaria o por unanimidad?

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Lea el art. 17.4 de la LPH

Y diga si lo entiende

¿Por qué pagan a partes igusles y porque contribuyen a esos gastos?


Vale, lo he leído y entiendo que el propietario no puede exigir mejoras ni obligarme a pagar nada, a no ser que la derrama sea inferior a tres mensualidades. Lo que no me queda muy claro es que se incluye en gastos de mensualidades y si se refiera a la derrama dividido entre las viviendas. Por ejemplo si yo estoy pagando 40 euros mensuales y la derrama son 2100€ y somos 13 vecinos. Sería: 2100/13=162 por vecino. Si tres mensualidades son 120...estaría obligado a pagar? No se si esto se calcula así.

Y pagamos a partes iguales porque en Estatutos el constructor puso que tenemos todas las viviendas los mismos coeficientes, excepto el ático y un bajo pequeñito (comercial, no vivienda), que ellos pagan según coeficiente también, pero en este caso el ático paga un poco mas y el bajo un poco menos.

He entendido bien el artículo 17.4? Y hay algún otro artículo donde sea posible excluirnos de los gastos por no disponer, ni aún queriéndolo, acceso directo al zaguán? Que no es que lo quiera, pero por si acaso, el no poder tenerlo hiciera mas fuerza para excluirnos.

Si usted en tres meses paga 120€ y de la derrama debe de contribuir con 121€ no estaría obligado
Los estatutos los elaboran los propietarios no el constructor.
Consejo: vaya al Registro de la propiedad, solicite la escritura de división horizontal y pregunte si hay estatutos inscritos, porque bien podría ser que este pagando sin tenerlo que hacer..
El art. 17.4 tiene una particularidad que mucha gente desconoce, y es que para aprobar algo por ese art.se necesita que los 3/5 de TODOS LOS PROPIETARIOS, VOTEN SI EN LA JUNTA. Se lo he puesto en mayúsculas para que lo tenga en cuenta
Lea esta pag
https://elderecho.com/el-voto-presunto-del-ausente-del-art-17-8-lph-no-se-aplica-en-los-casos-del-art-10-3-y-17-1-y-4-lph

Entonces debería de votar SI para que se efectúen esas obras y después aplicar el articulo? O negarme ya desde un principio defendiendo el articulo?

Si usted vota que si, es que está de acuerdo con que se haga esa obra.

Son dos cosas diferentes, una votar si o no a la obras y otra porque art. Se tiene que aprobar dicha obra

Porque la gente que desconoce la LPH. Le dirá que se aprueba por mayoría simple según el art.17.7, pero cuando se conoce la LPH, entonces se sabe que debe ser por el art. 17.4

Usted debera votar no.

Vuelvo a incluirle el art. Porque me parece que no lo tiene en cuenta

El art. 17.4 tiene una particularidad que mucha gente desconoce, y es que para aprobar algo por ese art.se necesita que los 3/5 de TODOS LOS PROPIETARIOS, VOTEN SI EN LA JUNTA. Se lo he puesto en mayúsculas para que lo tenga en cuenta

Entonces aunque ganaran con un 3/5 para realizarlo, ¿yo podría negarme a pagar puesto que la totalidad es más de mis tres mensualidades?

SI

Pero ahora mismo le dijo que eso no ocurre normalmente, dado que los propietarios no acuden a las juntas

Tenga en cuenta que si fuesen 20 propietarios, 12 deberán votar que si en la junta, los que no acudan no podrán votar luego

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