Duda sobre el incremento recibido en mi pensión como jubilado a partir del 1o./ene/19
Soy jubilado del gobierno del estado de Michoacán y aquí las jubilacones se rigen por la Ley de Pensiones Civiles del Estado y ésta, en su art. 59 BIS dice en su última parte: tanto las jubilaciones como las pensiones se verán incrementadas en la fecha y proporción en que aumente el salario mínimo general vigente en la misma plaza (aclaro que mi percepción es mayor al salario mínimo, pero considero que en este caso eso nada tiene que ver, pues no se hace mención al respecto en la Ley de Pensiones Civiles del Estado) y, a partir del 1o. De enero recibí un incremento en mi percepción equivalente al 5% cuando el salario mínimo de esta plaza se vió incrementado en un 16%; estoy solicitando se haga el ajuste correspondiente a mi percepcion por el 11% restante ¿tengo razón en mi petición?.
Si se niegan a hacer el ajuste correspondiente y tengo razón (como yo lo considero) ¿Qué puedo hacer para lograr que se respete lo estipulado por la ley, para que se me otorgue el 11% restante de incremento?