Conseguir clientes a través de un intermediario: dudas sobre la facturación

Voy a realizar un servicio como freelance a diversos clientes, en su mayor parte extranjeros. Todo el servicio lo ofrezco a través de un intermediario, una empresa americana que me pone en contacto con los clientes, les cobra por mis servicios y, previo descuento de su comisión, me paga a mí. Tengo varias dudas al respecto:

  • ¿A nombre de quién he de emitir la factura? ¿A nombre del intermediario, que es quién realmente me paga, o a nombre del cliente final?
  • Las horas que facturo se registran con un programa informático y eso acumula saldo a mi favor, pero soy yo quien decide cuando se me hace la transferencia. El dinero correspondiente a mis horas se va acumulando y puedo ordenar que me lo transfieran siempre que quiera. No necesito enviarle una factura al intermediario para ello, ni siquiera tengo dónde enviársela, ellos me pagan lo que me deben cada vez que lo ordeno con un simple click. ¿Tengo qué generar las facturas de todas formas? En caso afirmativo, ¿cuándo y por qué importe las genero (por ejemplo, hago una por cada transferencia o hago una agrupando varias transferencias)? ¿Estoy obligado a enviarles la factura aún cuando no me lo soliciten?
  • Por último, dado que la empresa que hace de intermediario es estadounidense, y los clientes son siempre extracomunitarios, entiendo que no tengo que presentar ni IVA ni IRPF, ¿correcto? ¿Tendría qué presentar el modelo 349 o alguno equivalente?

2 Respuestas

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Lo más fácil sería que la empresa americana, aka el proveedor, realizase la factura en su nombre y se la envíe. Es una práctica común en este tipo de negocios.

Respecto a la periodicidad, dependerá de cada cuanto realice una operación, pero lo correcto sería emitir una factura por operación o, en caso de un volumen elevado, agruparlas en una quincenal.

Tenga en cuenta que la factura deberá detallar cada una de las operaciones a las que se refiera.

Después usted podría cobrarlas cuando quisiera, pues el cobro y la emisión de la factura son cosas independientes.

Por último, asegúrese de estar cumpliendo todos los requisitos legales y fiscales para poder declarar esos ingresos, y si fuera necesario, darse de alta como autónomo.

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le estudie y ayude con su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal y contable en nuestra web.

Si usted es residente en España, y realiza una actividad económica esta obligado a cumplir cierto requisitos legales y formales.

Primero ha de esta dado de alta en Hacienda y seguridad Social. En el alta de Hacienda, ha de marcar las obligaciones que tenga, si su actividad no esta exenta de IVA, ha de presentar declaración aunque sea para indicar las exportaciones de servicios, con su correspondiente resumen anual. Y para el IRFP tendrá que presentar el modelo 130 y el anual (declaración de RENTA). También puede estar obligado a presentar modelo 347 u otros, dependiendo de su actividad concreta y de las operaciones realizadas.

El tema de la facturación, hay que estudiar el contrato o las condiciones de uso de la web de intermediación... Pero en cualquier caso usted ha de emitir facturas, que serán sin IVA y sin Retención al ser una exportación de servicios.

En muchos casos, usted debe facturar el total al cliente final (ingreso) y el intermediario le ha de facturar a usted por su comisión (gasto). Normalmente por proyecto o trabajo, aunque los pagos sean en varias veces...

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