¿De cuánto tiempo dispongo para reclamar una cantidad de dinero que presté a mi ex hace casi 5 años?

Hace unos años presté a mi ex dos cantidades de dinero: una en noviembre de 2013 y la segunda en febrero de 2014. Ambas suman 2000 euros. Por motivos de salud no me he encontrado en condiciones de reclamar mi dinero antes, no estaba para luchas ni litigios. Pero ahora me dispongo a pedirle mi dinero vía legal.

Hace 4 años me dijeron en el juzgado que disponía de 5 años desde que empezó todo para reclamarle la devolución de mi dinero. Mi pregunta es que no entiendo muy bien ese "que empezó todo". ¿Desde qué le presté la primera cantidad? ¿O desde que empezó el litigio? He de añadir que en junio de 2014 él me citó a un juicio de faltas, ya que yo le insulté por creer que me estaba estafando, de modo que el 8 de septiembre de 2014 lo denuncio yo por estafa, saliendo bien parado del delito.

Es decir, ¿qué tengo 5 años desde que empezó el primer pleito o desde el momento en que le entrego la primera cantidad?

Agradecería contestación lo antes posible, ya que me urge.

2 respuestas

Respuesta
1

Dónde consta que usted entregó el dinero

Yo tengo los documentos de Correos con el importe de cada uno y a quien fueron dirigidos.

Además, el declaró ante el juez que estaba dispuesto a devolverme ese dinero, aunque nunca lo hizo. Ese documento también está en mi poder.

Gracias

Quisiera saber si estoy fuera de plazo o aún puedo recuperar ese dinero.

Muchas gracias, Juan Carlos

Está usted dentro de plazo. En primer lugar, porque como dice el compañero Pedro, este asunto tiene la prescripción interrumpida con ocasión del litigio que hubo entre ustedes. En segundo lugar, la ley señala que las deudas de antes de Octubre de 2015 prescribirán en Octubre de 2020. Por lo tanto, tiene usted tiempo sobrado.

¡Gracias! No sabe lo importante que es para mí leer esto!!! Imagino que estamos hablando de las leyes españolas, no es así?

Del Código Civil español, sí.

Respuesta

Si tiene un pleito pendiente, se ha interrumpido el plazo de prescripción.

Propiedad Horizontal: Reclamación a la Comunidad de daños por agua.

Perdone, Pedro ... ¿Me dice usted a mí que el plazo ha prescrito?

Es que yo no tengo nada que ver con la propiedad horizontal y no entiendo ...

Perdone Fabiola, ese enlace ha aparecido erróneamente, los duendes de la informática supongo, no tiene nada que ver con usted. Lo que le decía es que si hay un pleito pendiente se ha interrumpido la prescripción.

No importa, gracias, Pedro.

¿Lo que quiere decir es que ya ha prescrito?

Gracias nuevamente

No, quiero decir exactamente lo contrario, la prescripción está interrumpida

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