Duda sobre que tener en cuenta en un traspaso

Soy propietario de un local comercial alquilado hace 2 años. Mi inquilino tiene el deseo de traspasar el negocio (creo que ahora se le llama "ceder") y existe una clausula en el contrato que debe tener mi consentimiento a la hora de traspasarlo.

Yo en principio no me opongo a que se haga el traspaso, pero no conozco cuales son los derechos que tengo, las cosas que debo tener en cuenta y el procedimiento a seguir ya que se mi primera vez que lo hago.

Supongo que tendré que firmar alguna resolución del contrato actual con el inquilino actual y luego firmar un nuevo contrato con el nuevo inquilino, ¿verdad? ¿O se hace todo el mismo documento? ¿Tengo derecho a conocer el nuevo inquilino? ¿Puedo cambiar alguna condición del contrato que tengo con mi actual inquilino o debo mantener exactamente las mismas condiciones? ¿Qué documentación debo tener del nuevo inquilino? En resumen, me gustaría conocer las pautas para saber cómo hay que hacerlo.

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En la actualidad no existe el derecho de traspaso, lo que pretende su inquilino es ceder el negocio con los derechos arrendatarios inherentes. En tal caso usted tiene derecho a incrementar el alquiler en un veinte por ciento. El que reciba esa cesión no tendrá más derechos, sobre todo en cuanto a la duración, que los que tenia quien lo cede, por eso puede ser interesante para ambos, redactar un nuevo contrato.

Le dejo un enlace que le puede servir http://normativainmobiliaria.wikidot.com/lau-cesion-del-contrato-y-subarriendo-2

Muchas gracias por la respuesta.

Lo que no entiendo es si mi inquilino actual es el que debe firmar la cesión con el nuevo inquilino (necesitando únicamente de mí el permiso por escrito para hacerlo), o si en la firma también debo estar yo presente cuando vayan al notario a firmar (para firmar conmigo el contrato de alquiler).

Cuando usted dice: "El que reciba esa cesión no tendrá más derechos, sobre todo en cuanto a la duración" se refiere a que si por ejemplo a mi inquilino le quedaban 2 años de contrato ¿el nuevo se encontraría exactamente en la misma situación que se encontraba mi antiguo inquilino y le quedarían 2 años para finalizarlo?

Muchas gracias de nuevo.

Si nos atenemos a la ley, vea el enlace que le puse, el inquilino solamente tendría que comunicarle esa cesión, para que usted girara las facturas al nuevo inquilino. Tampoco veo la necesidad de ir al notario, eso era necesario en la antigua normativa sobre traspasos.

Sin embargo lo importante es lo que usted destaca, el nuevo inquilino solo tendrá dos años de contrato, salvo que usted llegue a un acuerdo con él pactando nuevas condiciones contractuales.

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