Alta en Reta y por cuenta ajena

Soy indefinido a media jornada por cuenta ajena desde hace 5 años pero además ahora me he dado de alta como autónomo la semana pasada para iniciar una actividad económica, mi pregunta es si por cualquier motivo me dejan desempleado en mi trabajo por cuenta ajena tengo derecho a la prestación por desempleo estando de alta como autónomo?

2 Respuestas

Respuesta

Si estas por cuenta ajena, te quedas desempleado y solicitas el desempleo, tras lo cual te das de alta como autónomo, puedes solicitar la compatibilidad y seguir cobrando la prestación por desempleo. Es como la norma antigua, y que sigue vigente, de solicitar en un solo pago toda tu prestación por desempleo para establecerte por cuenta ajena Esto es una norma que se puso para fomentar a los desempleados a establecerse como autónomo y ayudarles en los comienzos de su negocio.

Ahora bien, si es el caso contrario, o sea, el tuyo, y trabajando por cuenta ajena lo compatibilizas con cuenta propia, y luego te quedas desempleado, no cobrarías la prestación, ya que no estarías en situación legal de desempleo.

¡Gracias!, Pero imagina que la empresa con las que trabajo por cuenta ajena me deja en desempleo y ese mismo día me doy de baja de autónomo,¿tendría derecho a cobrar el desempleo cotizado por cuenta ajena?

Si claro, ya estarías en situación legal de desempleo.

Respuesta

Si antes de la baja en régimen general (normalmente dan un preaviso) solicitas la baja en el RETA, si podrás cobrar el desempleo sin problemas.

Más información: www.asesoriagrg.es o en el teléfono 900 525 933

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