La empresa no sube plus el porcentaje pactado en convenio

Necesito asesoramiento.
En su día, creo que año 2000, los sindicatos llegaron a un acuerdo para poner un plus de turnicidad de un euro por mañana trabajada. Más cantidad por tarde trabajada. Y casi 2€ por noche.
A la vez, el comité de empresa negoció y consiguió más dinero para turno de tarde de noche que lo estipulado en convenio.
Todos los años se aplicó subidas de IPC o subida de convenio al plus de turnicidad.
Para 2018, 19 y 20 se ha llegado en nuevo convenio a una subida de 2.5% cada año.
Ahora la empresa considera que plus de turnicidad se gana mucho y ha congelado la subida en turno tarde y noche.
Considero que el plus de turnicidad es salario y esto no lo puede hacer. Además que creo que es delito
Antes de iniciar cualquier acción me gustaría que se me diera consejo. Y si esto. Realmente es lícito.

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Las suidas anuales de salario computan solo respecto al salario base por lo que los pluses son aparte. Deberán pagarle la subida establecida por convenio y en caso contrario podrá reclamar la diferencia con un máximo de un año de retroactividad

Muchas gracias por responder tan pronto. Creo que me expresado mal. El incremento salarial al que me refiero es la subida del convenio general. Concretamente el de industria química. No es una subida anual por parte del empresario. Entonces yo creo que el incremento se aplica al salario base y demás complementos.

Le copio una parte del convenio.......El incremento de salarios que en su caso proceda se abonará por tanto con efectos del 1 de enero de 2021, sirviendo como base de cálculo para el incremento salarial de éste último año. Esta misma revisión salarial se aplicará a las tablas de SMG de los artículos 32 y 47.6, plus de turnicidad y plus de festivo del artículo 44.7, pluses del artículo 40 y dietas del artículo 28.4. Al operar esta revisión salarial sobre la MSB de cada empresa no es posible la compensación y/o absorción de la misma con otros conceptos salariales, cualquiera que sea su denominación. .............

Creo que, a modo de ejemplo, yo que llevo 25 años en la empresa. Si la subida fuera solo al sueldo base, ahora cobraría el plus de transporte de hace 25 años.

De nuevo gracias, y saludos.

En ese caso, efectivamente la subida se imputa al plus también por lo que podrá reclamar la diferencia de subida que la empresa unilateralmente ha congelado.

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