Debo abonar los honorarios del abogado en proceso penal?

Una antigua amiga interpuso contra mí una querella por injurias y calumnias. El caso es que yo por no saber, no cogí abogado y el proceso siguió su curso hasta que finalmente se archivó la causa. Pero después la parte contraria recurrió el archivo y en ese momento se me asignó un abogado sin yo pedirlo, para contrarrestar eso con otro recurso de apelación. Resulta que este abogado ganó la apelación y no habrá juicio porque se ha archivado. Yo no pedí justicia gratuita (por error creí que solo necesitaria abogado en el mismo juicio) pero parece que alguien decidió que yo recurriese en apelación y me asignó un abogado de oficio. Estoy libre de la causa, pero en el auto de archivo no sale nada de las costas por lo que mi pregunta es: quien paga un abogado que no pedí, ¿para un recurso que no es onligatorio? La parte contraria parece que no debe pagarlo, ¿debe hacerlo el colegio de abogados? ¿El juzgado? ¿Yo?

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Si le asignaron un abogado de oficio y la defendió ahora debe pagar sus honorarios, en su momento pudo renunciar a esa designación

Estimado Pedro,

Es decir que usted desestima otras posibilidades completamente? que las costas en las que se incluyen los honorarios los sufrague quien interpuso la querella archivada, por ejemplo? Gracias

Si no hubo condena en costas al querellante no se le puede exigir el pago de esos honorarios

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