¿Qué pasa si tienes una falta por hurto y después un delito leve por hurto?

Que ocurre si una persona tiene un falta por hurto del 2013, en el que le impusieron 90e de multa y pago. ¿Quedan antecedentes policiales? La policía le tomó los datos para la denuncia del centro comercial y el juicio rápido, pero nunca fue detenido. Ahora ha cometido un delito leve por hurto de 140e. Cuando vaya al juicio se considerará un agravante, ¿o al haber pasado ya 4 años eso prescribe?

Quiero decir, ¿en el juicio se recaban datos de esa persona y aparecerá la falta del 2013? ¿Esos datos quedan registrados en el juzgado o también en la policía? Porque como antes no era delito y ahora si, entiendo que ahora si se quedan antecedentes policiales que no sé cuándo prescriben.

2 respuestas

Respuesta

Recabarse se van a recabar pues es algo que hacen casi automáticamente en los procedimientos.

Los antecedentes penales por la causa anterior existen pero en la fecha del segundo delito, de haberse solicitado, hubiesen estado cancelados por lo que no tendría ninguna repercusión.

Entiendo que el abogado que represente a esa persona alegará este extremo si se aplica algún tipo de agravante por existencia de antecedentes previos.

Pero del primer incidente entiendo que no puede haber antecedentes penales ya que fue una falta, y no un delito como se tipificó en 2015. Y el primero fue en 2013. 

No digo que no existan datos a nivel judicial pero antecedentes penales como tal entiendo que no. 

No entiendo mucho tu respuesta la verdad. 

Replanteo mi respuesta:

En cualquier procedimiento judicial de las primeras cosas que suele hacer el juez o tribunal es pedir los antecedentes penales del investigado por si tiene alguna repercusión a la hora de redactar los autos o sentencias procedentes.

Efectivamente las faltas no llevan aparejadas antecedentes penales.

Por lo que aquel hecho no tendría ninguna repercusión en la sentencia por el delito posterior.

Respuesta

Han pasado cinco años, así que los supuestos antecedentes policiales han sido archivados o sobreseídos. En el 2013 las faltas no tenían la consideración de delitos como ahora, tras la reforma penal del 2015. Son dos procedimientos diferentes y tendrías que acudir a un abogado en tu ciudad para que complete la información porque por aquí, sin papeles, te podemos informar de forma muy resumida. Si te puedo decir que no tienen nada que ver y que este procedimiento en 2018 no se verá perjudicado por el anterior del 2013.

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