Consecuencias de incumplir contrato de arras antes de ingresar la señal?

Dos conocidos negociaron la venta de una casa.

En el contrato de arras en cuestión dice que el comprador se compromete a comprar el piso y que deja una señal de 3.000 euros, que deberá ingresar en un plazo de 8 días o pierde sus derechos. Si en 3 meses no se hace efectiva la compra por culpa del comprador pierde la señal, y si es por culpa del vendedor tiene que devolver el doble.

El caso es que el comprador firmó el contrato de arras, pero se echó atrás ANTES de ingresar la señal (durante ese plazo de 8 días para ingresarla).

El comprador entiende que al no haber realizado ese ingreso, el contrato de arras no estaba completo y por tanto no es efectivo.

El vendedor entiende que puesto que el contrato estaba firmado, independientemente de que el ingreso se hubiese realizado o no, ahora el comprador debe pagarle los 3000 €.

¿Cuál es la realidad? ¿Tiene el vendedor posibilidades de ganar si van a juicio?

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Habría ante todo que estudiar ese documento ya que si se concede un plazo para la entrega de las arras, puede entenderse que se trata de una condición suspensiva, que permite al que debe entregar las arras desistir del contrato, en ese plazo.

Gracias por responder.

Yo no he visto el contrato y el comprador, que es con el que tengo más amistad no tiene copia, ya que él lo firmó primero en la agencia, y el vendedor fue a firmarlo dos días después. Al día siguiente el comprador se echó atrás y aún no había recogido su copia.

Él dice que ponía que tenía 8 días para ingresarle al vendedor los 3000 euros en un cuenta (que no le llegaron a facilitar, ya que se la darían el día que fuera a buscar su copia del contrato de arras firmado por ambos), y que transcurridos esos 8 días sin hacer el ingreso perdería sus derechos, pero no decía nada de que se compormetiese a ingresar ese dinero igualmente, por lo que cree que transcurridos esos 8 días sin hacer el ingreso el contrato no tiene ningún efecto.

Vale, tiene una copia del texto del contrato que le habían adelantado al email. El motivo de echarse atrás es que no le ha salido la hipoteca, aunque no creo que el motivo influya, pero por si acaso.

Pego el texto del contrato:

CONTRATO DE ARRAS

1) D/Dña. …………………………………………………………………… con DNI. …………………………

(en adelante el Comprador) SE COMPROMETE a la compra del inmueble identificado como sigue:

……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… y propiedad de:

D/Dña. …………………………………………………………………… con DNI. ……………………………      (en adelante, el Vendedor)

            1.a) Dicha oferta se mantendrá vigente durante un plazo de diez días naturales. En caso de no ser aceptada por parte del vendedor en éste plazo dicho documento perderá toda validez.

2) El inmueble en objeto será transferido libre de hipotecas, cargas, gravámenes, vicios y evicciones.

3) El precio ofrecido para la compra del inmueble queda fijado en ………………………………………………

…………………………(………………………………………) euros y el  pago se hará del siguiente modo:

……………………………………………… (…………………………) euros como más tardar ocho días naturales después de la firma del presente documento por ambas partes y ……………………………………………………………………………………………(………………………………………) euros según se indica a continuación: el día de la escritura pública ante notario como más tardar el …………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………

3.a) En cualquier caso habiendo sido aceptado por ambas partes el presente documento el Comprador está obligado a hacer la entrega de la señal anteriormente indicada y se acreditará como realizada cuando tenga en su poder una hoja de entrega de señal o justificante de transferencia bancaria a una cuenta designada por el Vendedor a tal efecto.

4) Todos los gastos de compraventa corren por cuenta del Comprador excepto: el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía) y el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles del año en el que se formalice la escritura pública ante Notario, que serán por cuenta del Vendedor.

5) El Comprador declara que ha realizado una visita al inmueble y conoce la superficie y el estado en que se encuentra el mismo.

6) La renuncia por parte del Comprador a formalizar la escritura pública de compraventa ante Notario después de la aceptación del presente documento por ambas partes implicará la pérdida de la señal abonada al Vendedor. En caso de renuncia por parte del Vendedor supondrá la entrega del doble de la cantidad depositada a favor del Comprador.

En el documento que me transcribe no aparece el plazo, condición suspensiva, para la entrega de las arras.

¿Cómo le han reclamado la entrega de esas arras?

El plazo está en el punto 3 del modelo. Son 8 días. Cubierto sería algo así:

3) El precio ofrecido para la compra del inmueble queda fijado en XXXX euros y el  pago se hará del siguiente modo: 4.000 euros como más tardar ocho días naturales después de la firma del presente documento por ambas partes y XXXX euros según se indica a continuación: el día de la escritura pública ante notario como más tardar el XX/XX/XX.

De momento no hay reclamación por escrito. Cuando el comprador se echó atrás, el vendedor lo llamó para decirle que tenía que ingresarle igualmente el dinero de la señal, y que con ese contrato podría ejercer acciones legales para obligarle a pagar ese dinero.

Si su migo puede demostrar que ese contrato no fue objeto de negociaición, es decir que eran "lentejas", redactado por la imobiliaria como modelo tipo, es posible que pueda defender la nulidad del mismo.

Le dejo un enlace ampliativo

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