Herencia a hijos y usufructo a cónyuge con testamento, con vivienda hipotecada. ¿Que hay que hacer?

Hace unos meses falleció mi esposo. Nosotros habíamos realizado testamento en donde la herencia era a partes iguales para nuestros hijos y el usufructo en vida del uno al otro 100%. Mis hijos aunque mayores de edad, están todavía estudiando y dependen de mi.

Con el testamento, los papeles de las cuentas... Etc.. Ya he presentado el impuesto de sucesiones.

He solicitado al banco cambiar la titularidad de la hipoteca y la cuenta conjunta a mi nombre y me solicitan ademas de todo lo anterior declaración de herederos y certificado del registro donde aparezca el cambio de titular.

¿No sería suficiente el testamento, ahi están perfectamente definidos los herederos?

¿Podría poner la propiedad y por tanto la hipoteca también a mi nombre como usufructuaria?

¿Cómo usufructuaria de la herencia, cuando llegue la hora del IRPF 2018 podría desgrabarme el 100% de la hipoteca? ( Tengo derecho a ello ya que estaba constituida antes de la derogación de la desgravación)

Muchas gracias a quien me pueda echar una mano para resolver todas mis dudas

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Lo primero recomendarle se pongan en manos de un abogado que les estudie su caso concrerto.

Lo primero es disponer del certificado de ultimas voluntades donde figurara el ultimo testamento (que es el válido) con esto han de solicitar a la notaria donde este el testamento una copia autorizada para realizar la adjudicación de la herencia y posteriormente, realizar la escritura de adjudicación conforme a lo indicado en el testamento. No hay declaración de herederos cuando hay testamento.

Con esto y el impuesto de sucesiones, tendrán que realizar la inscripción en el registro de la propiedad y luego solucionar el tema de la hipoteca, cuentas, etc...

Por lo que indica, sus hijos serán nudos propietarios y usted usufructuaria de una parte de la vivienda. En cuanto al tema fiscal, hay que estudiarlo detenidamente por un experto.

Gracias por la rápida respuesta. Solo una aclaración el 50% de la vivienda es mía y el otro 50% la tengo en usufructo. Podría el 50% ponerla a mi nombre o debo hacerlo a nombre de mis hijos. Es más que nada por no aportarles cargas.

Como le hemos indicado, han de ponerse en manos de un experto que les estudie su caso concreto y les ayude. Las herencias son complejas.

Del 50% que es la herencia, por lo que usted indica, sus hijos figuraran como nudos propietarios y usted como usufructuaria.

Recuerde que los herederos legales son sus hijos, no usted, que tiene derecho al usufructo de viuda, con las posibles mejoras que tengan establecidas en el testamento.

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