¿Qué impuestos, se pagan por usufructo y nuda propiedad?

Mi tía, soltera, compro una casa en el año 80 que puso a nombre de sus seis sobrinos quedándose ella con el usufructo de dicha vivienda. Ahora ha fallecido y mis primos quieren comprarnos a mi hermano y a mi nuestra parte de la vivienda. Mi pregunta es, ¿Qué tenemos que pagar mi hermana y yo si le vendemos nuestra parte? ¿Tenemos qué pagar la plusvalía? Por otra parte desde que falleció mi tía hace un año no hemos hecho ningún tramite. ¿Se supone que al fallecer se extinguió el usufructo y somos todos propietarios sin más o hay que pagar algún tipo de impuesto?

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Lo primero recomendarle se pongan en manos de un abogado que les estudie su caso concreto y la mejor forma de hacerlo. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal, laboral y contable en nuestra web.

Por un lado esta la herencia, que tendrán que ver si hay testamento o hacer escritura de declaración de herederos y luego la adjudicación de la misma (liquidando impuesto de sucesiones conforme a normativa de su comunidad autónoma).

Por otro lado esta la consolidación del dominio, por la extinción de usufructo, para que ustedes sean propietarios de pleno dominio y no solo nudos propietarios.

Cuando usted aceptan la herencia o cuando vendan su parte de la propiedad se han de liquidar plusvalías habitualmente, pero hay que conocer el caso concreto y solicitar la liquidación al ayuntamiento. Esto también puede ser necesario al realizar la venta.

Además, al vender, tendrán que liquidar el impuesto de transmisiones patrimoniales y además incluir el incremento patrimonial en la declaración de renta.

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