¿Se puede firmar renuncia de herencia a la vez que declaración de herederos?

En 2010 falleció mi madre sin dejar testamento, por lo que se hizo declaración de herederos. Somos tres hermanos y mi padre. Desde un principio todos los trámites los ha llevado mi hermana mayor, en la cual siempre he confiado por completo, de manera que me he mantenido al margen de todo, probablemente por error. El caso es que sólo se hizo declaración de herederos, sin aceptación de herencia, con la idea de repartirlo todo (piso y ahorros) cuando no esté mi padre. Esto ha dado lugar a que durante todo este tiempo mi hermana se haya adueñado de objetos de valor de la familia con total libertad. Debido a esto ya no confío tanto en mi hermana y en los trámites que haya podido realizar.

Mi consulta es la siguiente, el día que se firmó la declaración de herederos fue mi hermana pequeña a firmarla con los dos testigos y yo estuve presente. Hace un tiempo me informé de que la declaración de herederos sólo la firma una persona y dos testigos. Debido a que en aquella época estaba atravesando una profunda depresión porque acababa de morir mi madre me es imposible recordar si llegué a firmar algo yo también. ¿Puede ser que firmara una renuncia de mi parte de la herencia? ¿Se puede firmar esto a la vez que la declaración de herederos o debe transcurrir un plazo para que se haga efectiva la declaración?

Decir que tengo una fotocopia de la declaración de herederos y no aparece nada de esto. He preguntado en la notaría y al buscar por mi DNI no les aparece nada. También han buscado por el número de protocolo de la declaración y sólo les aparece esta.

Entiendo que son hipótesis muy enrevesadas pero ya han pasado varias cosas que no me esperaba y empiezo a desconfiar de todo.

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Una vez firmada la declaración de herederos, hay que esperar 15 días, para que el notario relice el acta de notoriedad sobre la declaración de herederos realizada.

Por lo tanto, no se puede firmar la renuncia en el mismo momento que la declaración de herederos.

Si le recomendamos que realicen la adjudicación de la herencia, conforme a ley, para evitar problemas futuros.

Muchísimas gracias!! No sabe usted el peso que me quita de encima.
Respecto a la adjudicación de la herencia, claramente eso es lo que se debería haber hecho desde un principio para evitar las cosas que han pasado ya. En cualquier caso, creo que a estas alturas ya no merece la pena hacerla porque las pocas cosas de valor que había en casa ya las ha cogido mi hermana y proponer ese trámite ahora sólo iba a crear más problemas entre nosotros.
Queda el piso, que está a nombre de mis padres, y que entiendo que pasará a nuestro nombre cuando no esté mi padre y hagamos la adjudicación de todo. También quedan los ahorros de mi padre, que es una cuenta que administra mi hermana ya que es su tutora porque está incapacitado legalmente (pero esto entiendo que lo controla un juez).
Al margen de todo esto, quería hacerle otra pregunta, bastante extraña también, lo reconozco. Tres años después de la citada firma de la declaración de herederos creo que comentó mi hermana que iba a ir a firmar la declaración de herederos, algo que me pareció muy extraño pero no le llegué a preguntar y ahora nadie se acuerda. Mientras no se haga la adjudicación de la herencia, ¿es posible realizar una segunda declaración de herederos que sustituya a la anterior o las declaraciones de herederos son definitivas e insustituibles?
Disculpe que siga en esta línea de sospechas raras pero esta es la última que tengo.

En principio, no puede haber otra declaración de herederos, pues ya tienen firmada una...

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