Las herencias no se reniegan... o usted acepta o renuncia a la herencia. Si no hacen nada, legalmente los bienes son de una comunidad de bienes de la herencia yacente de la que usted forma parte desde la fecha de fallecimiento, al ser heredero legal.
Si usted renuncia, puede negociar con sus hermanos un alquiler, pero usted no sera propietario... y por lo tanto, podrían presentar un procedimiento judicial y llegar a solicitar un lanzamiento.
En cualquier caso, hay que estudiar el caso concreto, pues si es una herencia de su padre y su madre vive, en la mayoría de casos estarán en bienes gananciales (pero hay que estudiarlo por si compro antes de casarse como privativo o es de una herencia anterior), su madre sera propietaria del 50 % y tendrá además el usufructo de viuda que le corresponda...
Deberían ponerse en manos de un abogado que les estudie y ayude con su caso concreto.