Embargo de nómina siendo avalista en préstamo de empresa

Hace años solicitamos unos préstamos con una entidad financiera para la realización de unos trabajos en la empresa. Coincidió con el comienzo de la "crisis" y esos trabajos fueron realizados pero no cobrados, con lo que nos quedamos con los préstamos hasta el momento en el que no pudimos seguir pagando.

La entidad nos denunció y se produjo el embargo.

Somos tres socios, los tres avalistas, pero dos de ellos sin ingresos, con lo que el embargo ahora mismo solo me afecta a mi.

Cobro 1700€ y me están embargando 645€ todos los meses desde Octubre de 2015. Estoy casado en régimen de gananciales.

La semana pasada solicité al banco las cantidades que faltarían para liquidar la deuda, y me indican esto (redondeando números):

Resto de principal 3.400€ 5.300€

Intereses 500€ 8.900€

Costas 860€ 4.500€

Las demandas fueron por uno préstamo del que restaban 5300€ y del otro restaban 24000€.

¿Qué opinan de los intereses y costas?

Ayer liquidé la deuda por transferencia a las cuentas que me indicaron. Hoy envíaban escrito al juzgado indicando que la deuda está saldada.

¿Cuánto tarda el juzgado en levantar el embargo y avisar a mi empresa para que levanten las retenciones?

1 Respuesta

Respuesta

Se despacha ejecución de la cantidad adeudada de principal, más otra calculada para intereses y costas. Cuando el Juzgado reciba la totalidad del principal, el secretario practicará la liquidación de intereses y la tasación de costas, y el sobrante te lo devolverá.

Depende de la prisa que quiera darse el funcionario, pero en cuanto diga el secretario que se ha recibido esa cantidad que cubre lo adeudado por principal, intereses y costas, y se ponga fin al embargo del sueldo decretado, manda oficio a la empresa y lo tiene que llevar a cabo

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