Necesito saber que fórmula me sirve para saber cuantas horas de recargo nocturno tengo dentro de la jornada laboral de 8 horas

Partiendo de que el recargo nocturno es a partir de las 9 pm dentro de las 8 horas de trabajo ordinario como hago para saber cuantas horas de recargo tiene un trabajador si ejemplo su horario laboral es así:

6:00 pm entra y sale a las 3: am

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Estatuto de los Trabajadores

Artículo 36. Trabajo nocturno, trabajo a turnos y ritmo de trabajo.

1. A los efectos de lo dispuesto en esta ley, se considera trabajo nocturno el realizado

Entre las diez de la noche y las seis de la mañana. El empresario que recurra regularmente a

La realización de trabajo nocturno deberá informar de ello a la autoridad laboral.

La jornada de trabajo de los trabajadores nocturnos no podrá exceder de ocho horas

Diarias de promedio, en un periodo de referencia de quince días. Dichos trabajadores no

Podrán realizar horas extraordinarias.

Para la aplicación de lo dispuesto en el párrafo anterior, se considerará trabajador

Nocturno a aquel que realice normalmente en periodo nocturno una parte no inferior a tres

Horas de su jornada diaria de trabajo, así como a aquel que se prevea que puede realizar en

Tal periodo una parte no inferior a un tercio de su jornada de trabajo anual

Por lo tanto eres trabajador nocturno y debes cobrar el plus de nocturnidad completo. Dime cual es tu convenio colectivo y ciudad, le echo un ojo para ver que dice del trabajo nocturno.

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