Cuando y cuanto Incrementar el IPC

Tengo la duda de cuando corresponde incrementar la renta en un contrato que lleva fecha de 23 de Mayo de 2016 y cuál es el mes de referencia para calcular el IPC a aplicar.

Cuando los inquilinos firmaron el contrato se les dio una carencia hasta el 01/06/2016

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Conviene subrayar que en ese contrato si no se ha especificado la posibilidad de actualizar el alquiler, no podrá actualizarse de ninguna forma.

Quiero aclarar que el encargado de todos los temas que hacen referencia a este piso, es una inmobiliaria y que a día de hoy estoy recibiendo  la misma renta que cuando se alquiló.

En la clausula de las condiciones económicas dice:

Las partes contratantes convienen que la renta total que en cada momento satisfaga el Arrendatario, durante la vigencia del contrato o de sus prorrogas, será actualizada con carácter anual mediante el incremento de la renta en un porcentaje equivalente a la la variación experimentada por el Indice General Nacional del Sistema de Indices de precios de Consumo que fije el instituto Nacional de Estadísticas (u Organismo que lo sustituya). Para la aplicación de la primera actualización se tomará como mes de referencia JUNIO y para las sucesivas el que corresponda al ultimo aplicado. La renta actualizada sera exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado. En ningún caso la demora de aplicar la revisión supondrá renuncia o caducidad de la misma.

La cuestion es que a dia de hoy, la inmobiliaria no ha notificado al inquilino que sufrirá un incremento en la renta y tampoco se de cuanto será el incremento.

Las inmobiliarias, salvo que actuen como gestoras del alquiler que no sé si es el caso, se limitan a cobrar su comisión y nada más.

En su caso debería calcular la actualización de la renta que (s.e.U o.) desde junio 2016 a junio 2017 ha sufrido un incremento del 1,5% y notificarle al inquilino la renta que debe pagar a partir del mes próximo.

Una vez más le doy las gracias por su respuestas.

Saludos

Me congratula haberle sido de utilidad y quedo a su disposición.

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El contrato se inicia en Mayo, por lo tanto, este debería ser el mes de referencia, aunque el tema del incremento del IPC debe especificarse claramente en el contrato y debe atenerse a lo que se indique.

En la web http://www.ine.es/calcula/ puede calcular dicho incremento.

Gracias por su respuesta y para saber cual es el incremento de IPC, no tendría que ir al mes anterior, Abril, a la fecha de la firma del contrato?

De cualquier manera, he enviado la clausula exacta a Pedro abogado y en esa clausula dice que el mes de referencia será JUNIO. 

Pues entonces, tendrá que calcular el IPC conforme al mes de Junio, pero ese incremento o disminución del IPC sera publicado al menos en Julio, con lo cual, se suele emitir una factura (o comunicar) desde Junio, pero en el mes de julio con el incremento o disminución de la renta. Recuerde guardar un certificado del IPC y aportarlo al inquilino.

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