¿Una persona física (individuo) puede ser socio de pleno derecho de una federación? ¿Y una asociación de una confederación?

Una persona física puede pertenecer a una asociación y convertirse en socio de pleno derecho. Las asociaciones están integradas por personas físicas. Las asociaciones pueden pertenecer a federaciones. Pero no está claro si como individuo (persona física) puede pertenecer como socio de pleno derecho a una federación. Y tampoco esta claro si las confederaciones pueden admitir a las asociaciones y no solo a las federaciones.

La Ley Orgànica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación dice en el Art. 3 Capítulo I.

f) Las asociaciones podrán constituir asociaciones, y formar parte de las mismas, las personas físicas y las personas jurídicas, sean éstas públicas o privadas, con arreglo a los siguientes principios ...
...
f) Las asociaciones podrán constituir federaciones, confederaciones o uniones...

Interpretaciones sobre si las federaciones pueden admitir socios individuales o si las confederaciones pueden incluir asociaciones... Hay para todos los gustos y por ello acaban siendo los responsables del registro los que deciden de forma arbitraria.
La interpretación final está en manos de los responsables de los registros.

¿Alguien conoce alguna ley que en su articulado diga de forma clara y con detalle quiénes pueden pertenecer a las federaciones y a las confederaciones?

1 respuesta

Respuesta

Además de la normativa nacional que usted indica, lo principal son los propios estatutos de las federaciones y confederaciones... donde se establece quienes pueden ser los socios. También hay normativa autonómica que puede ser de aplicación o incluso otras normativas para otro tipo de entidades como las deportivas por ejemplo...

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