A devolver en la declaración de la renta sin obligación de presentar

He realizado la declaración de la renta por internet, y la resolución es que tengo que pagar (200€) pero que no estoy obligada a presentarla. ¿Qué ocurre en estos casos? ¿Se acumula para el año que viene? ¿Por qué si sale a pagar, no estoy obligada a presentarla? Es la primera vez que me pasa esto.

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Los ejercicios fiscales son independientes. El año 2016 no se traspasa al 2017.

En cuanto a la obliagción si usted no supera el umbral que establece hacienda, no tiene porque presentar la declaración aunque se a a pagar o a devolver. (Obviamente esta ultima situación interesaria su presentación a efectos de cobro)

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