¿Qué pasos hay que dar para que el presidente de la comunidad de propietarios cese en su cargo?

El presidente de mi comunidad, lleva tres años siendo presidente en el portal, tenemos un acuerdo rotatorio, este año, me correspondía obstentar el cargo, le pidí el poder hacerme cargo, ya que como he comentado, me tocaba el turno, pues se negó en rotundo. Dice que lleva tres años, y no se deja un proyecto de un obra de gran embergadura a medias, proyecto que está persona no empezó y del que llevamos muchos años sin ponernos de acuerdo. Pretende adelantar un cantidad del dinero del presupuesto de nuestro portal, obra que atañe al resto de portales, sin ver el proyecto porque no sabemos que se está haciendo, sin haberse aprobado en una junta general, esa es otra lleva más de un año sin convocar una junta general, con lo cual, no se ha aprobado el presupuesto de este año, ni sabemos en que situación económica se encuentra la comunidad. El prepuesto de esté portal, está destinado a pagar el gasoil de la calefacción, luz, agua, ascensor y el seguro del portal que quiere eliminarlo sin contar con los vecinos. Yo veo aquí una clara malversación de fondos, porque adelantar esa cantidad debe o debería constuirse una derrama extra, Que pasos podríamos dar, primero para deje el cargo y segundo para que una haga digo una apropiación indebida de ese dinero.

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La celebración de una Junta Ordinaria anual es obligatoria por ley (artículo 16.1 de la LPH):

"1. La Junta de propietarios se reunirá por lo menos una vez al año para aprobar los presupuestos y cuentas y en las demás ocasiones que lo considere conveniente el presidente o lo pidan la cuarta parte de los propietarios, o un número de éstos que representen al menos el 25 por 100 de las cuotas de participación."

Y el cargo de Presidente, salvo que lo tengan estipulado de otro modo por los Estatutos, es anual (artículo 13.7):

"7. Salvo que los estatutos de la comunidad dispongan lo contrario, el nombramiento de los órganos de gobierno se hará por el plazo de un año."

Por tanto, pueden obligar al Presidente a convocar la reunión, le guste o no. Si no lo hace, pueden convocarla los vecinos, si reúnen el apoyo del 25% de propietarios o cuotas (artículo 16.1 que he mencionado antes).

En esa reunión, nombran ustedes a un nuevo Presidente. Además, revisan las cuentas y todo lo que consideren oportuno y necesario para saber si se ha cometido alguna irregularidad.

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