Comisiones por reclamación de gestión de impagados

Quería preguntar si es legal que me cobren 420 euros en concepto de reclamación de impagados, describo lo ocurrido:

Tengo dos prestamos con una entidad bancaria, uno por el cual pago 104 euros al mes y otro por el que pago 100 euros al mes, en agosto tuve problemas de trabajo y empecé a retrasarme en los pagos, pues bien a día de hoy me he puesto al día con las cuotas, pero estos meses que me he retrasado con las cuotas me han cobrado un dinero importante, por cada cuota que pagaba con retraso me cobraban 35 euros, es decir que como son dos prestamos de 100 euros cada retraso mensual supone 70 euros, por 6 meses desde agosto son 12 cuotas de forma que he pagado 420 euros de comisión de gestión de impagados mas otros 80 en comisiones por descubierto, total 500 euros por una deuda que si no hubiera pagado nada sería de 1224 euros

Quería saber si al ser tan desproporcionado representa una practica abusiva de la entidad hacia mi,

Comentar que los 35 euros vienen estipulados en el contrato, pero claro entiendo debería ser proporcionado un cobro de este tipo, no se...

2 Respuestas

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Las entidades bancarias tienen estipuladas unas condiciones que deben estar a la vista en las oficinas... lo que ocurre que nadie las mira y en todo caso las pnen en sitios no visibles o tan altas que no se pueden leer bien.

Debetria ver si en su entidad bancaria esos recargos están especificados en algún sitio o se detallan los mismos en el contrato que firmaría al pedir el préstamo

Esos 35 € o 30 € en otras entidades son un cargo por impago o saldo negativo y la única forma de tratar de recuperar esos importes es negociandolo con la entidad o consultar cualquier entidad de esas dedicadas a temas bancarios... ADICAE, por ejemplo que le indicaran si son legales esos recargos o no por que en estos casos 35 € son unos intereses que por impagos de 100 o 104 € podrían denominarse de usura

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En mi opinión debería poner una denuncia ante la Inspección bancaria por practicas usurarias, lea este enlace:

¿Está vigente la Ley de 23 julio 1908 de Represión de la Usura?

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