Forma de ejercer voto una vez notificado del acuerdo dado en junta

Como y a quien se debe notificar mi voto una vez me han mandadoo el acta ¿un simple escrito con mis datos y mi voto? ¿Se lo debo entregar al presidente o al administrador? ¿Este hay que entregarlo en persona o lo puede entregar otra persona?

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Usted no puede votar después de la reunión. Sólo puede oponerse a que se considere que se suma a la mayoría. Para ello, basta con un escrito manifestando su oposición, dirigido al secretario, en el plazo de 30 días desde la recepción del Acta.

Perdón que como la votación requiere unanimidad para mi es votar en contra. ¿El secretario es wl presidente o el administrador? ¿Si se li dejamos al presidente que es la figura máxima de la comunidad no vale?

Su oposición hará que su voto no se sume al acuerdo, pero no será un voto en contra, aunque a usted se lo parezca.

El secretario es el administrador.

Y es a él a quien hay que enviar la oposición, no al presidente, tal como indica la LPH, artículo 17.8:

"8. Salvo en los supuestos expresamente previstos en los que no se pueda repercutir el coste de los servicios a aquellos propietarios que no hubieren votado expresamente en la Junta a favor del acuerdo, o en los casos en los que la modificación o reforma se haga para aprovechamiento privativo, se computarán como votos favorables los de aquellos propietarios ausentes de la Junta, debidamente citados, quienes una vez informados del acuerdo adoptado por los presentes, conforme al procedimiento establecido en el artículo 9, no manifiesten su discrepancia mediante comunicación a quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad en el plazo de 30 días naturales, por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción."

Gracias. ¿Y puede llevar todos los escritos del resto de vecinos un único vecino o tiene que ir cada cual con su papel?

Deben remitirlo "por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción".

Si lo entregan en mano, salvo que entreguen dos copias de cada escrito y consigan que el secretario les firme una de ellas, no tendrán comprobante de la recepción. Lo más habitual es realizar el envío por medio de un burofax (aunque tiene un coste, claro).

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