A quien corresponden los muebles del piso

Mi padre murió en Sevilla dejándome a mi la legitima y mi madre tres días después en Santander en el municipio conyugal dejando el 50% a cada hija. Ahora en dicho municipio sigue viviendo una tía de ambas herederas (hermana de mi madre). Se ha firmado el reparto de la herencia y se ha adjudicado el piso a la heredera que reside en Sevilla y a mi el dinero de cuentas corrientes.

Voy a proceder a mudar a mi tía a otra vivienda para dejar el piso a mi hermana.

¿Puedo llevarme algunos muebles?

1 respuesta

Respuesta

Aunque para contestar habría que examinar la escritura de aceptación de herencia, tal como describe los hechos a vd le han pagado su legítima a metálico por lo tanto no tiene derecho a percibir nada más de esa herencia, si esos muebles están inventariados puede tener serios problemas con la heredera si se apropia de ellos sin su consentimiento

No están inventariados en las escrituras de reparto solo se describe el inmueble como tal pero no se habla nada del ajuar, de hecho yo he pagado un porcentaje sobre el 3% del I de Sucesiones

No están inventariados, pero ¿Se les menciona en la escritura de aceptación?

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