¿Cómo salir de un piso "ocupado" anteriormente de alquiler?

Hace 3 años entré a un piso de alquiler y hace 1 año y medio que la inmobiliaria que me prestaba el servicio desapareció. Nunca he sabido exactamente lo que pasó pero desde entonces el bloque está ocupado tanto por vecinos que éramos alquilados inicialmente como de ocupas nuevos. Los que estábamos de alquiler decidimos dejar de pagar a una cuenta "fantasma" donde ya no sabíamos a quien le llegaba ese dinero, puesto que en la inmobiliaria ya no había nadie. Sospechosamente el pago se empezó a hacer manualmente en lugar de estar domiciliado, hacía unos meses.
Hará medio año, unos pocos vecinos que estaban de alquiler y al mismo tiempo empadronados aquí, recibieron una comunicación del ayuntamiento indicando que ahora todo el bloque debíamos pagarle a ellos, pero no figuraba ni nombres ni dni, ni explicaciones de lo sucedido. Nadie tiene nuestros contratos, o al menos nos ha sabido/querido informar sobre nuestra situación.
Así que desde entonces los vecinos hemos estado con sus más y sus menos, arreglando nosotros mismos los desperfectos, ascensor, limpieza, parking, etc..
Hace poco vino la policía a coger algunos nombres y dni de los que vivíamos en el bloque, así que al menos hay constancia de que yo vivo aquí aún.
Mi situación actual es la siguiente:
En breve cambiaré de domicilio por fin, y me iré a un casa de alquiler de verdad porque esta situación no se sostiene por ningún lado. Quisiera saber lo pasos que debería seguir para no tener problemas en el futuro.
No sé si me puedo ir sin más, o no sé si sirve de algo enviar un burofax indicando que dejo el piso, dirigido a la empresa que aparece en mi contrato aunque no exista.
Lo que no quiero es que mi nombre figure en este piso en ninguna parte como inquilino, ya que el piso será ocupado en cuestión de horas una vez vean el camión de la mudanza marcharse.

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No es fácil contestar a sus preguntas, necesitaría que precisara los datos que aporta, sin esa ampliación de datos, cabe decir que Vd. tendrá un contrato de arrendamiento, por lo tanto su interlocutor es quien firmó ese contrato, como propietario/arrendador, si es una sociedad deberá comprobar en el Registro Mercantil, su situación actual, en todo caso podrá dirigirse a la persona física que firma en nombre de la sociedad.

Tenga en cuenta que si no cancela correctamente ese contrato, permanecerá vigente ese arriendo y por tanto el devengo de alquileres.

Lo que no entiendo es eso de " Hará medio año, unos pocos vecinos que estaban de alquiler y al mismo tiempo empadronados aquí, recibieron una comunicación del ayuntamiento indicando que ahora todo el bloque debíamos pagarle a ellos, pero no figuraba ni nombres ni dni, ni explicaciones de lo sucedido", ya que el Ayuntamiento, si ha adquirido la propiedad de ese edificio, debería haber notificado previamente a los inquilinos del mismo esa circunstancia.

En estos artículos

El finiquito del alquiler

¿Qué hacer cuando el casero se niega a recibir las llaves?

Tiene ampliada la información sobre lo que le digo antes.

Sí. Voy a intentar conseguir ese comunicado para poder ampliar la información. Efectivamente es lo que los vecinos nos quejábamos,. SI de verdad era el ayuntamiento quien se hacia cargo del edificio, sólo lo comunicaron a los empadronados, no a los inquilinos con contrato (un par o tres), y por otro lado, tampoco se hacen cargo de los desperfectos del bloque ni los gastos de comunidad ni nada. Es como si no hbuiera cambiado nada, pero lo que tengo claro es que el edificio ya no es del propietario oficial si no del ayuntamiento.
En cuanto tenga ese comunicado lo intento trasncribir.
Muchas gracias por su respuesta, muy amable.

Hola de nuevo. A continuación les transcribo lo que indica la carta que tanto los antiguos arrendatarios como los ocupados que están empadronados en el municipo recibieron.
En mi caso estaba de alquiler en este bloque, pero empadronado en otra localidad.
"Al expediente administrativo de constreñimiento que se instruye en este Organismo contra el deudor a la Hacienda Municipal XXXXXXXX SL con DNI/NIF XXXXXXXX, con fecha XX/XX/XXXX se dictó la siguiente: 
"DILIGENCIA.- Notificada la provisión de constreñimiento de las deudas perseguidas en este expediente transcurrido al plazo de ingreso señalado al artículo 62.5 de la Ley 58/2003. de 17 de diciembre general tributaria. sin que se hayan satisfecho, de conformidad con el que disponen el artículo 169 de la mencionada Ley los artículos 75 y 89 del Reglamento general de recaudación (RD 939/2005. de 29 de julio).
SE DECLARA EMBARGADAS LAS RENTAS vencidas y no satisfechas y las que hay para vencer. producidas por el inmueble/s situado/s al/s calle/s c. XXXXXXXXXXXX 1r 1a, 1r 2a, 1r 3a, 1r 4a, 1r 5a, 1r 6a 1r 7a, 1r 8a, 1r 9a, 2n 1a, 2n 2a, 2n 3a, 2n 4a, 2n Sano, 2n 6a, 2n 7a, 2n 8a, 2n 9a, Bxs. la, .Bxs. 2a, Bxs. 3a, Bxs. 4a, Bxs. 5.ª, Bxs. 6a, Bxs. 7a y Bxs. 8a propiedad del deudor. hasta cubrir la deuda total que asciende a la cantidad de XX.XXX€ más los intereses de demora y las costas del procedimiento que se meriten. En virtud de la Ley General Tributaria, se tiene que dar cuenta al deudor y a la persona que figura como inquilino, y se le tiene que advertir que el pago que haga al deudor a partir de la recepción de notificación de esta diligencia no tendrá efectos liberadores, independientemente de las responsabilidades de todo tipo en que podría incurrir por incumplimiento de esta orden de embargo.
A partir del momento de la recepción de esta notificación, cualquier pago a efectuar al deudor se tiene que realizar en esta Agencia Tributaria de XXXXX, mediante un cheque conformado o transferencia bancaria a favor del Ayuntamiento de XXXXXX". 
LUGAR DE PAGO - C. XXXXXXXXXXXXX- horario de 8h a 14h.
CUENTAS: XXXXXXXXXXXXXX
Indicar la referencia (HOGAR- XXXXX) y nombre del deudor.
Cosa que se os notifica como arrendatario de la finca situada a la calle XXXXXXXXXX, piso XºXª advirtiéndolo de que a partir de la notificación. no tendrá carácter liberador al pago efectuado al deudor.
AGÉNCIA TRIBUTARIA DE "MUNICIPIO" - RECAUDACIÓN
"Municipio", XX/XX/XXXX
Leido esto, no sé si el procedimiento a seguir sería... primero ir al ayuntamiento a la atención del ciudadano a que me orienten un poco para que me desvinculen completamente de este piso, ya que en breve otros lo ocuparán. igualmente a no ser que ellos tengan de alguna forma los antiguos contratos de alquiler, y una vez dado de baja todos los servicios básicos, sólo queda por hablar con la policía ya que tomaron mi dni conforme yo vivía en este piso.
Imagino que una instanci en el ayuntamiento explicando el caso y solicitando dicha vinculación porque ya no vivo ahí, ¿sería suficiente?
Gracias

Lo que ocurre es que el Ayuntamiento ha embargado esos alquileres, pero eso no afecta en nada a lo que anteriormente le he dicho.

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