Me han negado el empadronamiento en el municipio donde vivo

Por cuestiones laborales he tenido que trasladarme de municipio recientemente, y por cuestiones particulares, el contrato de arrendamiento de mi nueva vivienda lo hemos hecho a nombre de mi esposa.

La cuestión es, que cuando hemos ido a empadronarnos, el funcionario en cuestión me ha negado a mí el empadronamiento al no constar en la escritura de arrendamiento, a menos, que volvamos a redactar un nuevo contrato con el arrendador, y me incluya en el contrato. Pero tengo un verdadero problema, puesto que mi arrendador es extrangero y tardará mucho en volver por España.

Mi pregunta es:

¿No es además de una obligación, un derecho el estar empadronado?

¿Puede un ayuntamiento negarme el padrón, impidiendome derechos civiles fundamentales como son, la sanidad y la educación, entre otros?

2 Respuestas

Respuesta
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No es retórica ni nada, pero si tuviera hijos, estos tampoco figurarían en el padrón. ¿También habría que hacerlos constar en el contrato?. Si más tarde un amigo de la localidad se quisiera trasladar a vivir con ellos porque le pilla más cerca su trabajo... ¿también en el contrato?.

Si cualquier propietario/inquilino puede permitir, una vez empadronado correctamente, que un familiar o amigo viva en su casa y se empadrone... como no puede su esposa permitir el empadronamiento de su marido... ¿si este por razones de trabajo hubiera llegado meses más tarde?

Nooo. No quiero decir que esté mal hecho por parte del funcionario o que su respuesta desentonada, pero si que el funcionario rizó el rizo. Aquí en mi localidad un señor alquila un piso, lo amuebla y al tiempo viene su mujer e hijos y no le ponen tantas pegas para que los críos se empadronen y vayan al colegio que les corresponda. Nunca he escuchado de rehacer un contrato para casos tan concretos como cónyuge e hijos. Yo como funcionario también, he tenido destinos variados y donde he ido jamás he necesitado pedirle a la Ditección General o M de Interior que justifique a mi esposa o la "destine" también para justificarse y que ella o mis hijos se empadronen donde voy yo. Ni autorización para que resida en sus instalaciones.

Más bien es como se lo tome el funcionario.

Respuesta

El funcionario actúo correctamente, no le están negando nada porque legalmente usted no vive en el piso al no estar el contrato de alquiler a su nombre.

Una solución es que le pidan el contrato modificado por fax o correo electrónico, no veo otra vía.

Pues disculpe que insista, pero una de las premisas es que el documento sea el original, nada de fotocopias. Además, mientras dure la situación, mis hijos no puedo escolarizarlos ni asignarles un médico de cabecera?

No pasa nada estamos aquí para ayudar:

Que el documento se envíe por fax o correo electrónico no quita que sea el original, se puede firmar digitalmente incluso.

A los hijos puede empadronarlos con el libro de familia, no es necesario que estén en el contrato al ser menores y no tener capacidad de obrar.

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