Pueden quitarme un acuerdo salarial después de 8 años

Hace 8 años la empresa me hizo un contrato de 30h con un acuerdo interno que cobraría por 36h, la empresa tiene nota de esto pero no está firmado en ningún papel. Este acuerdo de hizo por el buen comportamiento que tuve frente a la empresa un año antes por un error de finalización de contrato el cual no me dieron de baja y firme 15 días después de lo debido por ley. Ahora después de 8 años en chico de recursos que ha entrado a trabajar me lo ha quitado.

En mi nómina sale el salario base los cuatrenios y las pagas verano y navidad, osea que no es un pago de más sinó que está puesto el aumento en el salario base.

Mi pregunta es después de 8 años me pueden quitar y bajar el salario a las 30h o después de tantos años se puede decir que es un derecho adquirido? ¿Nose si puedo llegar a luchar por algo o tengo que agachar la cabeza y dejarlo pasar?

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Entiendo que el aumento de salario que ha venido disfrutando desde hace ocho años, entra dentro de lo que la jurisprudencia ha definido como “condición más beneficiosa para el trabajador” la cual puede ser expresada en el contrato o impuesta de forma tácita, cuando se ha reproducido la misma condición a lo largo del tiempo, pudiendo, a su vez, ser acordada de forma bilateral, por parte de trabajador y empresario, o unilateral, impuesta solo por parte del empresario.

La modificación de esta condición puede darse de tres maneras: en primer lugar, por un nuevo acuerdo entre el trabajador y el empresario que modifique dicha condición (siempre tiene que ser un acuerdo entre la dos partes, aunque en un principio la condición se haya impuesto por de manera unilateral, únicamente por el empresario). En segundo lugar, y el cual entiendo que es su supuesto, por la técnica de neutralización denominada de compensación y absorción, especialmente regulada en el art. 26.5 E.T. para los incrementos salariales, según esta técnica, las mejoras de origen normativo (legales, reglamentarias, convencionales) no se adicionan a las condiciones más beneficiosas disfrutadas a título individual, sino que éstas quedan, salvo previsión normativa o contractual en contrario, absorbidas por aquéllas. Y, en tercer lugar, por modificación sustancial de las condiciones de trabajo, cuando existan fundadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Para cualquier duda que le pueda surgir, quedo a su disposición en la dirección de correo electrónico [email protected]

Gracias Patricia por la información, aunque no he acabado de entender algunos datos por mi falta de léxico en estos temas.Pero te estoy muy agradecida por la contestación y el interés que has mostrado en contestar mi pregunta. 

Me explico mejor para intentar que no le quede duda. El beneficio de cobrar 36 horas, pese a que en el contrato se reflejaban 30, como decisión por la empresa para compensar un buen acto, se entiende que al prolongarse durante un largo periodo de tiempo es una condición beneficiosa adquirida por el trabajador. Dicha condición sólo pueden quitársela o modificarla si, llega a un acuerdo usted y el empresario; si existen razones justificadas por la que la empresa se vea en situación de modificarla, dichas razones tienen que ser por causas económicas, productivas, organizativas o técnicas y siempre tiene que ser motivada; o en tercer lugar, la condición más beneficiosa de la que le hablo, y en relación con el incremento salarial, ha “absorbido” a la condición que se expresaba en el contrato.

En definitiva, el incremento salarial de estos 8 años que usted ha disfrutado se ha consagrada, casi, como un derecho y, por tanto, no puede ser modificado sin explicación razonada.

No dude en volver a preguntar, si se queda con dudas. [email protected]

Muchísimas gracias Patricia, si ahora entendido mucho mejor así que en definitiva que para tocarme la nómina mi empresa tenía que haberme avisado de estos cambios y llegar a un acuerdo en todo caso. No cambiarme mi nómina sin avisarme o llegar acuerdo y darme cuanta yo por el ingreso.

Gracias

Efectivamente. Le aconsejo que si mantiene una buena relación con la empresa, no dude en comunicarle su preocupación.

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