Demanda por impago comunidad... Dudas como Propietario

Soy propietario de una vivienda, y debo 1098€ a la comunidad... Son deudas del año 2013-2014, a días de hoy 2015 lo tengo pagado menos los dos últimos meses, y en 2016 estoy al corriente de pago.

Sin aviso alguno me han cursado una demanda todavía no notificada, me entere por el acta, ya que no vivo en la vivienda, y en las reuniones, de 50 propietarios van 7 u 8 personas...

Actualmente mi hermano y yo estamos en paro, y yo de buena fe le he hecho una propuesta a la comunidad de 4 pagos para saldar la totalidad que me reclaman, a empezar a pagar en JUN 16 y terminar en JUN 17... Antes me es imposible.

He de comentar que el administrador no es de muy buena fe, te dice una cosa y acaba haciendo lo que quiere... Que consejos pueden darme... Porque dicen que con la propuesta no sirve de nada... Y la verdad, veo que quieren engañarme y que acabare pagando las costas y demás, y no hay porque llegar a ese extremo por un presidente y un administrador tan de mala fe!

2 Respuestas

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Finalmente se llego a un acuerdo INMEDIATO para el pago en un año y en 4 cuotas del total de la deuda. Independiente claro esta del pago mensual actual.

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Antes de nada, lamento su situación personal y espero que ésta mejore lo antes posible.

No hace usted ninguna pregunta concreta, por lo que trataré de comentar algunas de las cuestiones que comenta en su mensaje. Concretamente, en los puntos en los que me da la sensación de que se cuestiona si la Comunidad está actuando "correctamente" o no.

Para reclamarle a usted judicialmente lo que debe, debió convocarse una reunión en la que la Comunidad debía aprobar la liquidación de la deuda. En esa convocatoria debía constar el punto en el orden del día. Además, debía figurar la lista de propietarios morosos y privados de voto. Debió aprobarse la presentación del monitorio, para lo que era suficiente que se alcanzara la mayoría simple de los asistentes, si la reunión se celebraba en segunda convocatoria, que es lo normal (de hecho, si de 50 sólo asisten 7 u 8, no se puede celebrar en primera). En segunda convocatoria no se exige ningún quorum, por lo que los acuerdos se pueden tomar incluso si asiste un único vecino.

Una vez tomado el acuerdo, se le debe notificar al deudor. Normalmente se le avisa, de forma fehaciente (burofax), con una notificación expresa, junto con un requerimiento de pago.

En su caso, según comenta, esto no se ha hecho. De todos modos, si el Acta ya recoge el detalle suficiente, podría entenderse que ya surte efecto. La Ley dice que se requiere que el "acuerdo haya sido notificado a los propietarios afectados en la forma establecida en el artículo 9". Si llegaran a verse en el juzgado, podría tratar de argumentar que no se le notificó. Quizá le ayude, pero, desde luego, no se lo garantizo.

El que usted haya tratado de acordar una forma de pago es importante. Pero la Comunidad, como es lógico, no tiene obligación de aceptarla. Aún así, a usted le conviene tener pruebas de esa propuesta, por si las tuviera que usar en el juzgado. Es frecuente que los jueces traten de conseguir que ustedes lleguen a un acuerdo satisfactorio para ambas partes, por lo que si usted demuestra su buena fe presentando la prueba de su anterior propuesta, no aceptada por la Comunidad, creo que es un punto a su favor.

Lo malo de llegar a los tribunales es que a la cantidad ya adeudada se le pueden añadir intereses de demora y los honorarios profesionales de abogado y procurador de la Comunidad, en caso de utilizar estos servicios.

Hola, gracias por su extensa respuesta y aclaro ciertos puntos para saber como mejor actuar...

En el segundo punto de la reunión estaban las autorizaciones a nuevas demandas, así que con los 11 asistentes de los 50 posibles doy por echo que pueden demandarme SIN AVISAR... era la primera vez que eso se votaba...

Lo grabe del tema es que pone mi piso y "muy adelantado en el juzgado, se espera en breve día y hora de juicio", y yo hable con el en enero para ver como ponerme al día y tal, y en ningún momento me comunicaron que YA estaba demandado... vamos, por la espalda... y queda claro que no tengo ningún requerimiento de pago :-(

¿Cómo prueba es interesante que envíe mi propuesta de 4 pago en 1 año por burofax a la gestoría de mi edificio?

EXISTE alguna forma común de acordar en retirar la demanda y yo pagar, porque quiero ir de buenas y pagar lo mio, no más. Pero veo que quieren darme bien... GRACIAS DE NUEVO

Es un poco extraño, tal como describe los hechos.

Como le decía anteriormente, no pueden demandarle sin notificárselo antes. Por tanto, en el Acta no puede constar que ya está "muy adelantado en el juzgado", sin haber recibido usted ningún tipo de notificación. El Acta debía reflejar el acuerdo alcanzado de llevar el asunto al juzgado. Además, con independencia del Acta, lo normal sería haberle enviado una notificación fehaciente y un requerimiento de pago, con un plazo razonable para que usted pagara (10-15 días) antes de presentar la reclamación legal.

Usted comenta que no vive en la finca. ¿Vive alguien ahí? ¿Dónde recibe los comunicados de la Comunidad? ¿Ha dado usted alguna dirección de contacto al Secretario, para que le remita las citaciones y notificaciones de la Comunidad? Piense que cabe una posibilidad que no le favorece, si usted no lo ha hecho:

Imagine que sí le enviaron la notificación fehaciente. Como no tenían su dirección, la Ley prevé que la notificación se envíe al piso de la Comunidad del que usted es propietario (aún sabiendo que usted no vive ahí). Esta notificación, si es recogida por el ocupante del piso (sea o no usted), tendría efectos jurídicos de forma que se consideraría que a usted se le ha notificado correctamente.

En caso de no poder notificárselo (porque en su piso no recoge nadie la notificación y no se dispone de ninguna otra dirección), la Ley prevé que se dé por notificado si se pone el aviso en el tablón de anuncios de la Comunidad (o lugar visible habilitado a tal efecto) durante un período mínimo de tres días.

Hola, referente a la correspondencia para recibir el acta, la envían al un piso que tiene mi familia. Y siempre estoy al tanto, porque siempre llegan las cartas.

Y referente al punto donde me deberían notificar, JAMAS recibí nada...

En fin...

Intentando resumir y solucionar.

Si pago en 4 cuotas la deuda, ABRIL, JUN, SEPT, ¿DIC... que me recomienda? ¿Mande la propuesta por burofax?... y si pago en abril la primera cuota, como puedo asegurarme de que ellos retiren la demanda, porque pagar quiero pagar... gracias

Si quiere tener pruebas de que ha tratado de negociar con la Comunidad, sin éxito, lo mejor es que mande un burofax. Lo malo es que tiene un coste. Otra opción sería presentar un escrito en la Administración, con dos copias, y que le sellen una para usted. Pero si el asunto no se está gestionando de forma amistosa o tiene problemas con ellos, quizá se nieguen.

En cuanto a cómo asegurarse de que no se lo reclaman judicialmente, no tiene forma. Como le digo, la única manera sería que la Comunidad estuviera de acuerdo con su propuesta de pago. Si no están de acuerdo, tienen todo el derecho a reclamar, aunque usted haya realizado un primer pago. Mientras tenga deudas, se las podrán exigir.

De todos modos, y esto ya es mi opinión personal, si usted tiene intención de pagar, presenta una propuesta razonable (que opino que lo es) y firmada, comprometiéndose a respetarla, no sería muy inteligente por parte de la Comunidad llevar el asunto a juicio.

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