¿Las multas de tráfico llegan por carta certificada y de Agencia Tributaria?

¿Deben llegar las cartas de multas de tráfico obligatoriamente en correo certificado? ¿Y suelen venir de la Agencia Tributaria?

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El empleo del correo certificado, es un medio que tienen las administraciones para certificar, valga la redundancia, y asegurarse si el interesado ha recibido o no la notificación. Pues caso de que se la devuelva cooreos por no estar presente el destinatario en el domicilio, previos los intentos de notificación estipulados por la LRJPAC, la publicarán en el BOE o/y en el TESTRA.

Posteriormente, le vendrá de Hacienda otra notificación certificada, por la vía de apremio con los intereses y recargos que procedan.

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