Que gastos tienen que abonar inquilinos

Tengo unos inquilinos que a menudo me piden cambios de cosas en la vivienda. Empezaron por los electrodomésticos siguieron con la terraza. Luego pidieron una tele que no estaba incluida. Luego se quejaron que no funcionaba la calefacción. Fue un técnico y dijo que estaba perfectamente solo que tenían bajo el termostato, y ahora me dicen que está roto un cojín del sofá, que los muelles de una de las camas está mal y que es pequeña. Y que pasó un técnico de Endesa a revisar la caldera y que no funciona el mando y que pierde presión.

¿Quién debe abonar estos gastos? ¿Pasan los técnicos por los pisos sin que nadie los llame?

Decir que llevan en el piso cuatro años y que se les entrego en perfectas condiciones.

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Tal y como establece la LAU, el arrendador es responsable de realizar todas las reparaciones que sean necesarias para mantener la habitabilidad (teniendo en cuenta que la cédula de habitabilidad se concede a las viviendas vacías, siempre que tengan sus instalaciones listas para ser usadas) de la vivienda, excepto en 2 casos: que el daño haya sido causado por el inquilino o personas de su casa, o que se trate de una pequeña reparación a causa del desgaste por el uso ordinario de la vivienda.
En el tema de reparaciones es MUY difícil que todo el mundo esté contento.
Hay arrendadores que creen que, al alquilar su casa, el inquilino debe responsabilizarse de cualquier mantenimiento o reparación, y que ellos sólo tienen que limitarse a cobrar la renta cada mes.
Se equivocan.
También hay inquilinos que parecen creer que viven en un hotel, y no es así.
Viven en un piso, y, según la LAU, algún gasto de mantenimiento les toca asumir.
Ojalá que la LAU viniera con una listita de posibles reparaciones necesarias en una casa y de quién debe encargarse de tal cosa o tal otra. No es así.
Solo nos ofrece unas pinceladas en el artículo 21.
Esquematizando:

El mayor dilema suele ser dónde tirar la línea que divide la pequeña reparación de la grande.

Por eso en muchas ocasiones, cuando no se llega a un acuerdo, lo mejor son las decisiones salomónicas, pues acudir al juez, si no hay acuerdo sobre si se trata o no de una pequeña reparación, para ver a quién le corresponde pagar los 100 euros que costó reparar la lavadora saldrá, tanto para el casero como para el inquilino, mucho más caro que comprar todos los electrodomésticos nuevos.

En mi caso, para evitar problemas, yo pacto en los contratos el IMPORTE hasta el cuál se considera pequeña reparación y a partir del cuál sería una reparación importante.

Hasta ahora les he dado todo cuanto me han pedido, pero entiendo que está roto el colchón y ahora le resulta pequeño, que si se rompió un cojín y si no funciona el mando de la caldera , es por mal uso y ellos deben abonarlo.

¿Los revisores gas pasan sin llamarlos? Gracias.

Incluso se les compró electrodomésticos nuevos y de primeras marcas, cuando los antiguos no llegaban a los ocho años.

Valore si le merece la pena seguir con esos inquilinos... y si no, unos días antes de que falte un mes para cumplir los 3 años (si su contrato es posterior a junio de 2013) o 5 años (si su contrato es anterior), avíseles fehacientemente (burofax con certificación de texto y acuse de recibo) de que no desea prorrogar el arriendo

Hola: Respecto al contrato tengo una duda, el contrato es de 1 de junio de 2013 por lo que sería de tres años, pero yo les puse cinco años, aunque sea así ¿podría echarlos a los tres? Gracias.

Los 3 años son para los contratos firmados a partir de la entrada en vigor de la Ley 4/2013, de 4 de junio, que fue el 6 de junio de 2013.

En su caso, su arrendatario puede estar 5 años con ese contrato.

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