Sobre exención de iva en venta de objetos patrimoniales

Soy un particular que declaro a Hacienda, pero no estoy dado de alta en actividades económicas y trabajo de forma exporádica en lo que va saliendo. Poseo una gran colección de música en diferentes formatos y necesitaba verderla por problemas económicos. Existe una institución de la Administración pública que está interesada en adquirirla. Seguramente será vendida en varias veces, ya que es bastante numerosa. Al tratarse de una institución oficial necesitan una factura. ¿Es preciso hacer la factura con IVA? Si la venta está exenta de IVA, ¿cuál es el artículo o ley que contempla esta situación?

1 respuesta

Respuesta
1

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le estudie su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico fiscal y contable en nuestra web.

Para poder emitir facturas hay que estar dado de alta en Hacienda y si es una actividad habitual en la seguridad social. Existe un régimen especial de bienes usados, para el IVA, pero si usted no ha comprado en este sistema, pues entendemos son artículos que ha ido comprando como particular, tendría que tributar todo el IVA. Y tributar por la actividad económica en su declaración de Renta.

En determinados casos la venta podría tributar por Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, como bienes muebles, conforme a la normativa de su comunidad autónoma y tributar para usted en su declaración de Renta.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas