Bienes gananciales y titularidad/autorizado cuenta bancaria reparto

Tengo una cuenta bancaria en la que soy titular con mi madre. Mis padres están casados en bienes gananciales. En caso de divorcio, ¿mi padre también tiene derecho a parte de esa cuenta?

Por otro lado tengo una cuenta en la que yo soy titular y mi madre autorizada, en este caso ¿tendría derecho sobre esa cuenta mi padre a la hora del divorcio?

2 respuestas

Respuesta

En la cuenta A (digamos) es titular usted y es titular su madre. Como su madre está en régimen de gananciales lo de su madre también es de la sociedad, por tanto de la parte de su madre a su padre le corresponde la mitad. Si en la A, por ejemplo. Tienen 100.000 euros, 50.000 es de usted, 25.000 es de su madre y 25.000 de su padre cuando hagan liquidación del régimen de gananciales.

En la cuenta B, como su madre es solo autorizada, el dinero es de usted su único titular, y su padre no tiene derecho ninguno sobre la cuenta B.

Si pasan dinero de la cuenta A a la cuenta B, a su padre le corresponderá muy poco y de la B ninguno (teniendo en cuenta que usted mire por el dinero de su madre).

Respuesta

Mucho cautela con la cuentas y depósitos bancarios compartidos, ya que el mero hecho de que la titularidad de los mismos sea compartida no implica una donación per se del titular de la cuenta a los demás cotitulares de la cuenta ó depósito.

La cotitularidad de una cuenta ó depósito no implica necesariamente la copropiedad sobre lo depositado en el Entidad Bancaria, del mismo modo y por poner un ejemplo, la mera entrega de unas llaves de un inmueble ó un vehículo por el propietario a un tercero, aunque sea de la familia, no implica obtener per se la copropiedad de estos bienes ( inmueble ó vehículo ), sino solo el permiso para utilizarlos.

En cualquier caso. Las cotitularidades de un dinero, suelen ser en muchas ocasiones una gran fuente de problemas y conflictos, sobretodo a efectos de sucesiones y donaciones y con posterioridad al fallecimiento del titular, los herederos legítimos ó forzosos ( cónyuge, descendientes etc... ) se creen que les pertenece X y cuando uno de los herederos se informa y ve que lo que ha hecho el hermano/a etc... no es lo correcto empezamos con las querellas por apropiación indebida y alzamiento de bienes.

Mejor informarse debidamente para evitar sorpresas desagradables a posteriori.

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