¿Puede mi abuela venderme su casa?

A ver me explico.

Mi abuela vive conmigo y mi madre desde hace unos 8 años y su casa está sin usar. La herencia esta para mi madre pero queremos (mi madre mi abuela y yo) que la casa se ponga a mi nombre y la pregunta es si haciendo una compraventa como que yo le compro la casa a mi abuela ¿yo tendria que pagar solo los gastos de la compraventa, escritura etc y podría pagarle la casa poco a poco o tendría que pagarle al completo el valor de la casa? ¿Y si puedo pagar la casa en plazos a mi abuela en caso de fallecimiento que pasaría?

Mi abuela tenia 8 hijos y solo queda viva mi madre y la cuidamos desde hace 8 años, el testamento esta puesto que se divide en 3 partes y mi madre se queda con 2 partes y de la 3 parte le pertenece la parte proporcional. ¿Dicho esto la pregunta es que si me vende la casa por 50.000€ por ejemplo si fallece los otros pueden exigirme la parte proporcional de esos 50.000€?

3 Respuestas

Respuesta
2

Lo más fácil es hacer una adquisición inter vivos, es decir una "donación en vida". Su abuela le dona a la nieta la casa y solo tienen que pagar los gastos y un 5% aproximadamente de impuestos por donación del valor de la casa. Por ejemplo si la casa vale 100.000 euros, los impuestos serían 5.000, más los gastos de notaría registro, etc.

Lo mejor es ir a un notario y preguntar, ellos preparan la escritura y tienen gestorías que realizan el resto de los trámites si no quieren ustedes hacerlo totalmente

Sobre el testamento:

Si su abuela le dona la casa a la nieta, la madre no tiene nada que heredar de la abuela, solo los dineros ahorrados. No hay que molestar a su abuela sobre cambios de testamento y sí le dará alegría ir al notario para donale la casa a la nieta.

Respuesta

Para simplificar: ¿La idea es que tu abuela te venda a ti y eso es todo?

Si. Lo que quiero es buscar la forma más fácil y económica para poder quedarme con la casa de mi abuela. Ya que si pasa de mi abuela a mi madre y de mi madre a mi el proceso es doble y el dinero también. 

Sí lo puede hacer y en las escrituras pueden colocar que en caso de fallecimiento de ella la deuda queda saldada.

Respuesta

Luis Miguel, lo que usted pretende es cometer un delito de estafa mediante falsedad documental: una escritura en que su abuela declara recibir un dinero cuando en realidad no recibe nada, con el propósito de burlar las legítimas expectativas de quienes tienen derecho a la herencia (los que usted llama "los otros"). Si su abuela muere antes que usted - cosa que está por ver-, hay que respetar su testamento por encima de todo. Usted no tendría derecho al 100% de la casa gratuitamente. Es más: no tendría derecho a nada, puesto que no es heredero forzoso ni testamentario. Quienes sí tienen derecho son los descendientes de los 7 hermanos fallecidos. Si aparece un tercero que nada tiene que ver con la herencia para quedarse con ella a cambio de nada, puede estar seguro que dará con sus huesos en una gélida prisión de máxima seguridad. Su abuela ha hecho tres tercios: no haga usted una unidad en su favor.

Añade tu respuesta

Haz clic para o
El autor de la pregunta ya no la sigue por lo que es posible que no reciba tu respuesta.

Más respuestas relacionadas