Inquilinas con deudas y sin pagar mensualidades

Tengo un pequeo problema con mis inquilinas, y lo paso a detallar par que me ayuden.

Tengo un contrato de alquiler, donde ellas y bajo contrato firmado, se hacen cargo del seguro del piso, y del ibi, así como de los recibos y gastos varios. Tiene una fianza de dos meses.

Ahora después de 9 meses sin problemas para cobrar, me dicen que se van del piso y que no les parece lógico, pagar ciertos gastos de la vivienda, así como la parte proporcional del ibi, del seguro y demás, y que dejan el piso en dos meses, por lo cual no van a pagar más, por que entienden que tienen la fianza para ello.

Los términos de la contratación, están reflejados en el contrato, pero ahora entienden que son abusivos, cuando han estado pagando sin problema.

Mis preguntas son las siguientes:

La fianza no es para pagar en principio desperfectos en la vivienda.

Lo firmado va a misa, aunque le parezca mal a una de las partes, si esta firmado, hay que respetarlo.

Y como reclamar o hablar con ellas, para solucionar el problema de la mejor manera posible.

También decir que amenazan con dar de baja todos los consumos puestos a su nombre, si no paso por el aro.

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Como Ud. bien supone, con la fianza no se puede compensar el impago de las cuotas mensuales. La obligación de los inquilinos es pagar todas las cuotas y, a la finalización o a la rescisión del contrato, solicitar la devolución de la fianza, una vez se haya verificado que todo está en regla.

Imagino que Ud. depositó la fianza, como corresponde y no la recuperará hasta la finalización/rescisión del contrato. Por tanto, el hecho de que los inquilinos decidan no pagar, aparte de la ilegalidad, supone un claro perjuicio para Ud. ya que ese dinero no se encuentra en su poder.

En cuanto a las condiciones que comenta, realmente no es habitual que el inquilino pague el IBI (es un impuesto que corresponde a la propiedad, que sigue siendo de Ud.) el seguro, o la Comunidad. Pero es algo que, como Uds. han hecho, se puede pactar y, en consecuencia, se debe respetar.

Sí es normal que paguen los recibos de consumo.

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Tengo un contrato de alquiler, donde ellas y bajo contrato firmado, se hacen cargo del seguro del piso, y del ibi, así como de los recibos y gastos varios.

Si el seguro del piso está a nombre de usted, es en efecto "un abuso" que lo paguen las inquilinas. Las inquilinas tendrían que pagar un seguro de hogar para ellas... Uno de inquilino, que es más barato y cubre sus riesgos (los de ellas) en vez de los del propietario. Con esto quiero decir que si ellas hubieran provocado un incendio con un cigarrillo, el seguro (que es de usted aunque lo paguen ellas) no habría cubierto las pertenencias de las inquilinas, solo habría repuesto lo que es de usted y los daños a terceros (, y luego se lo habría reclamado a las inquilinas, pues son las "culpables" y no tienen seguro a su nombre que pague sus siniestros.)

Respecto al IBI, la ley permite que sea repercutido al arrendatario, pero yo le recomiendo que en el futuro, ponga usted un precio en el que esté "todo incluido" (obviamente menos los gastos de luz, agua, etc)

Lo firmado va a misa, aunque le parezca mal a una de las partes, si esta firmado, hay que respetarlo.

No se equivoque, lo firmado "no va a misa", si hay alguna cláusula que perjudique al inquilino con respecto a lo que marca la LAU, esa cláusula se consideraría NULA. No es el caso, pero se lo digo para que lo sepa.

Si sus inquilinas son solventes, el mismo día 10 de septiembre (o cuando se produzca el retraso en el pago) póngales un monitorio para el cobro de la renta. Si son solventes usted cobrará, y aunque no es necesario abogado, no cobran mucho (200 euros que aunque sea una parte importante de la renta, así las inquilinas aprenden que los compromisos adquiridos en los contratos son muy serios) vale la pena contratar los servicios de uno para asegurarte de que se hacen las cosas bien..

Con respecto a que "amenazan" dar de baja los consumos... Estate atenta, y unos días antes de que se vayan a ir llama a las compañías, que emitan factura con el consumo hasta ese momento y a partir de ahí cambia tú la titularidad a tu nombre nuevamente.

Si puedo ayudarte en algo más, dímelo.

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