¿Es legal firmar un CONTRATO INEFINIDO en el que se incluye un periodo de pruebas de 1 AÑO?

He firmado un contrato cuyo encabezado pone: CONTRATO DE TRABAJO INDEFINIDO.

En una de las clausulas (4ª) pone: La duración del presente contrato será INDEFINIDA, iniciándose la relación laboral en fecha 14/07/2015 y se establece un periodo de prueba de UN AÑO.

¿Es este contrato legal?

¿Tengo derecho a algún tipo de remuneración o indemnización?

Agradeciendo por adelantado la atención prestada, os envío un saludo.

1 Respuesta

Respuesta
1

PARTE 1

El único supuesto de un periodo de prueba hasta 1 año en todo caso, es en los CONTRATOS DE TRABAJO POR TIEMPO INDEFINIDO DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES. (Pincha en el enlace)

Por tanto, habría que saber si es tu caso. Aunque lo dudo.

De todas formas, no me gustaría precipitarme, y tienes que saber que estos contratos de trabajo están supeditados a una serie de requisitos:

¿Coinciden con tu caso si es este tipo de contrato el que te han planteado?

  • Se podrá realizar hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%.
  • Empresas que tengan menos de 50 trabajadores en el momento de la contratación.
  • Por tiempo indefinido.
  • Jornada completa y parcial.
  • Formalización en el modelo de contrato indefinido (cláusulas específicas de apoyo a emprendedores) disponible en el portal web del SEPE (www.sepe.es).
  • Período de prueba de un año.

¡Importante!, ¡Importante!

Este período de prueba no podrá establecerse cuando el trabajador haya desempeñado las mismas funciones con anterioridad en la empresa bajo cualquier modalidad de contratación.

Si es así, tendrás un modelo de la siguiente manera:

PARTE 2

Si no fuera el caso, es decir, este tipo de contrato indefinido de apoyo a emprendedores, tienes que saber que con carácter general:

  • La duración máxima se establecerá en los convenios colectivos,
  • En defecto de convenios colectivos, la duración no podrá exceder de:
    • Seis meses para los técnicos titulados.
    • Dos meses para el resto de los trabajadores.

Sin estar sujeto a Convenio Colectivo, incluso, en las empresas con menos de 25 trabajadores, el período de prueba no podrá exceder de tres meses para los trabajadores que no sean técnicos titulados.

Por tanto, debes revisar si se te aplica algún convenio colectivo en el contrato de trabajo. De todas formas, los plazos no llegarían a 1 año en ningún caso.

PARTE 3

El período de prueba solo se computa a efectos de antigüedad, por tanto cualquiera de las partes puede dar por finalizada la relación laboral sin preaviso, sin necesidad de alegar ninguna causa y sin derecho a indemnización.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas