Pensión viudedad de pensionista del SOVI

Una persona que es pensionista del SOVI, y que cobra mensualmente 405,90 euros (14 pagas al año), cuando muera ¿qué pensión de viudedad cobrará su esposa? Ella no tendrá más pensión que ésta.

Respuesta
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Cuando el fallecimiento del pensionista del SOVI es posterior a 1-1-67, al solicitante se le exigen idénticos requisitos que los establecidos para tener derecho a la pensión de viudedad del Régimen General. A partir de 1-1-2015, dicha cuantía es de 405,90 euros mensuales (14 pagas).

Muchas gracias por su interés. ¿O sea, que si esta persona fallece a partir de ahora, 24 de Junio de 2015, la viuda cobrará la misma pensión (pequeña, pero muy importante para ella) que su marido, el actual pensionista? Un saludo

Su respuesta ha sido muy esclarecedora. Se lo agradezco infinito. Un saludo

Abusando de su amabilidad, quisiera preguntarle lo siguiente: la supuesta viuda podría darse de alta y cotizar unos pocos años para tener ella una pensión contributiva, también pequeña, de jubilación, pues trabajó un cierto período de tiempo en el exterior y puede acogerse a un Convenio bilateral. Le faltarían unos cuatro años de cotizaciones en España para tener derecho a ello. ¿Seria ésta pensión incompatible con la del SOVI de que hablamos? Lo pregunto para echar cuentas y ver si le convendría cotizar los años que le faltan. Gracias anticipadas, una vez más. Un saludo

"La pensión de viudedad es compatible con cualquier renta de trabajo del beneficiario y con la pensión de jubilación o incapacidad permanente a que el mismo tuviera derecho. Las pensiones de viudedad del sistema general son compatibles con las pensiones del SOVI. Cuando concurran la pensión de viudedad y la del SOVI, su suma no podrá ser superior al doble del importe de la pensión mínima de viudedad para beneficiarios con 65 o más años establecida en cada momento. De superarse dicho límite, se minorará la cuantía del SOVI en el importe necesario para no exceder del límite indicado."

 http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Muerteysupervivencia/RegimenGeneral/Viudedad/CompatibilidadesInc28496/index.htm 

Para el acceso a una Pensión Contributiva es preciso haber cotizado (en cualquier régimen) al menos 15 años ("carencia general") y al menos 2 años ("carencia específica") en los 15 años anteriores al Hecho Causante ("solicitud de la pensión de jubilación"). Para aumentar el periodo de cotización sólo hay dos opciones:

  1. a) Estar de nuevo de alta como cotizante (en el régimen general o en el de autónomos)
  2. b) Subscribir un Convenio Especial con la SS en el cual el trabajador abona directamente a la SS las cuotas de las cotizaciones, pero es NECESARIO entre otros requisitos, que haya pasado menos de un año desde el último alta en la SS

Es preciso tener en cuenta que si las cotizaciones son bajas (o inexistentes) en los últimos años la Base Reguladora y por lo tanto la cuantía de la Pensión disminuye drásticamente, dando lugar probablemente a cuantía inferiores a la Pensión mínima. En estos casos se aplican los denominados "complementos a mínimo" pero para su aplicación se tienen en cuenta "otras rentas" (en este caso la Pensión de Viudedad del SOVI) y puede que se vaya "lo comido por lo servido".

http://www.seg-social.es/Internet_1/Pensionistas/Revalorizacion/Complementosaminimos/index.htm 

Hay que hacer "numeritos" con los datos concretos para poder analizar los diferentes escenarios posibles. Una herramienta válida para hacer estos "numeritos" es el Programa de autocálculo de la Pensión de Jubilación de la SS (https://sede.seg-social.gob.es/Sede_1/ServiciosenLinea/Ciudadanos/index.htm?ssUserText=231479 ) aunque fácil es un poco "lioso" de utilizar al principio. Te dejo enlace a una web donde se está dando un curso on line (por supuesto gratuito) para saber utilizarlo correctamente y sacar toda su potencialidad: es muy útil, práctico y ameno (¡Bueno se nota que lo "lleva" un amigo!), tiene 13 lecciones y ya van por la 8ª.: http://www.jubilacionanticipada61.org/html/kelistocurso.htm 

Te agradezco mucho, muchísimo, tus aclaraciones. Y te agradezco el tiempo que me has dedicado. Estoy a la recíproca en todo lo que puedas necesitar en el campo de los aislamientos térmicos y acústicos, que son mi especialidad en este mismo foro. Un saludo cordial, Francisco

No hago más que intentar ayudar con los conocimientos que otros me han transmitido antes a mí para ayudarme. El conocimiento no debe estar en manos de los "dioses del Olimpo", sino bajar al ciudadano. No soy profesional de la materia (mi formación es de ingeniería civil) y lo que comparto en este foro es porque cuando solicité ayuda sobre estos asuntos (en este y oros foros) siempre hubo alguien dispuesto a llevarme de la mano para "enseñarme": A HOMBROS DE GIGANTES.

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