Legalizazación del libro de actas

Hola!

Una sociedad constituida en 2013, tiene el libro de actas prelegalizado y casi sin usar...

tengo que legalizar las actas digitalmente? O sólo cuando se acabe el libro?

Es en Madrid!

Gracias!!

1 Respuesta

Respuesta
2

Por lo que se dispone en la última instrucción de la DGRN, el Libro antiguo hay que inutilizarlo mediante una diligencia. A partir de ahora, todo telemático.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas