Tengo que cobrar una herencia , y el banco me exige, Últimas voluntades y Declaración de herederos ¿Dónde se consiguen?

Tengo que cobrar la herencia de mis padres, y el banco me exige, además del Testamento, que ya nos lo dio el notario, dos documentos más:las Últimas voluntades y la Declaración de herederos. No sé si ya vienen con todos los papeles que nos dio el notario, o tengo que obtenerlos en otra parte, como en el Registro civil, por ejemplo

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Para hacer efectiva una herencia se deben seguir los trámites propios de la herencia. Lo primero es conseguir el certificado de últimas voluntades, que se obtiene en la Gerencia Territorial de Justicia de su provincia, a solicitar transcurridos 15 días desde el fallecimiento.

En dicho certificado se indicará si había testamento y también si el fallecido tenía concertado seguro de vida (a efectos de reclamar la cantidad de dinero asegurada)

Sabiendo que hay testamento como usted dice, habrá que sacarlo de la Notaría donde se otorgó. Al haber testamento, no hay que hacer declaración de herederos, ya que eso se hace para el caso de que no se hubiera otorgado testamento.

Con el testamento, habrá que hacer los trámites de reparto de la herencia por medio del llamado cuaderno particional, liquidar impuestos, inscripción (si procede, según el caso) y, tras ello, ya son los herederos propietarios de la herencia.

Es decir, que el fallecimiento como tal no da derecho al heredero a cobrar la herencia, sino que hay que iniciar unos trámites legales.

Tiene nuestros despachos a su disposición para cuanto necesite:

951 71 50 41

[email protected]

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Registro general del ministerio de justicia en madrid

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